Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2022-5914)
BOP-2022-5914 Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos, para plazas derivadas de procesos de estabilización de empleo temporal, en virtud de la ley 20/2021,de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; la Ley 30/1984, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local; y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases,
se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede
electrónica del este Ayuntamiento dirección (https://alcuescar.sedelectronica.es) y, en su caso,
en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión.
Contra la convocatoria y sus bases, (generales y específicas de cada convocatoria), que
agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los/as interesados/as recurso de
reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a su
elección, conforme a lo previsto en el artículo 14.1 regla segunda de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, cuando el recurso tenga por objeto actos de las entidades de la Administración Local, la
elección a que se refiere esta regla segunda se entenderá limitada a la circunscripción del
Tribunal Superior de Justicia en que tenga su sede el órgano que hubiere dictado el acto
originario impugnado, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en Boletín
Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Asimismo, contra la presente convocatoria se podrá interponer Recurso Contencioso-
Administrativo directamente, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la
publicación de la convocatoria en los medios expresados en el anterior párrafo, ante los
Juzgados de lo Contencioso Administrativo que corresponda de los de Cáceres, de
conformidad con lo previsto en los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1.998, de 13 de Julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Alcuéscar, 12 de diciembre de 2022
Dionisio Vasco juez
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2022-5914
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de diciembre de 2022
N.º 0237
Pág. 25466
Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local; y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases,
se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede
electrónica del este Ayuntamiento dirección (https://alcuescar.sedelectronica.es) y, en su caso,
en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión.
Contra la convocatoria y sus bases, (generales y específicas de cada convocatoria), que
agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los/as interesados/as recurso de
reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a su
elección, conforme a lo previsto en el artículo 14.1 regla segunda de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, cuando el recurso tenga por objeto actos de las entidades de la Administración Local, la
elección a que se refiere esta regla segunda se entenderá limitada a la circunscripción del
Tribunal Superior de Justicia en que tenga su sede el órgano que hubiere dictado el acto
originario impugnado, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en Boletín
Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Asimismo, contra la presente convocatoria se podrá interponer Recurso Contencioso-
Administrativo directamente, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la
publicación de la convocatoria en los medios expresados en el anterior párrafo, ante los
Juzgados de lo Contencioso Administrativo que corresponda de los de Cáceres, de
conformidad con lo previsto en los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1.998, de 13 de Julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Alcuéscar, 12 de diciembre de 2022
Dionisio Vasco juez
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2022-5914
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de diciembre de 2022
N.º 0237
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