Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera. (BOP-2022-5901)
BOP-2022-5901 Convocatoria para la provisión de una plaza de Peón de Servicios Múltiples mediante concurso. Plan de estabilización empelo.
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Ayuntamiento de Villanueva de la Vera
cuerpo, escala o categoría correspondiente 1 punto.
B2.- Por los cursos de formación recibidos o impartidos, en el marco
del Acuerdo de Formación para el empleo o de los Planes para la Formación
Continua del Personal de las Administraciones Públicas orientados al desempeño
de funciones en el cuerpo o escala o en la categoría profesional a la que se desea
acceder (máximo 3 puntos). Valorables a juicio del Tribunal por guardar relación
con las funciones propias del puesto de trabajo objeto de la convocatoria,
siempre que tengan una duración mínima de 10 horas 0,005puntos por hora.
Los cursos valorados por créditos tendrán una equivalencia de 1 crédito =
10 horas.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma
descrita en cada convocatoria específica. En ningún caso se valorarán méritos no
alegados o no acreditados en plazo.
En caso de empate, se resolverá atendiendo sucesivamente a los siguientes
criterios:
1º Mayor puntuación obtenida por méritos profesionales en el punto A.1
2º Mayor puntuación obtenida por méritos profesionales en el punto A.2
3º Mayor puntuación obtenida por méritos profesionales en el punto A.3
4º Mayor edad
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del
proceso selectivo, que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos
aportados y que hayan sido objeto de valoración.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las
personas aspirantes ha realizado cualquier tipo de actuación fraudulenta o
incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere competencia desleal
de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a
la persona interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del
proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva
de personas aspirantes admitidas, comunicando las falsedades o actuaciones
fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la Resolución de dicho
órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
OCTAVA. Relación de Aprobados, Acreditación de Requisitos Exigidos y
Nombramiento
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Cód.
Validación:
XXYLFADLLZN9X2EQ4J4EJWQXS
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Verificación:
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Documento
firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-5901
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de diciembre de 2022
N.º 0236
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