Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera. (BOP-2022-5874)
BOP-2022-5874 Convocatoria y Bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera
Plza. de España, s/n, Arroyomolinos de la Vera. 10410 (Cáceres). Tfno. 927177587. Fax: 927177627
ANEXO I
D./D.ª: ___________________________________________________________________, con
DNI: _________________________________, teléfono: __________________________ y
domicilio en:
________________________________________________________________________, con
correo electrónico:
_______________________________________________________________________, enterado
de los procesos de selección de personal laboral fijo, mediante procedimiento de estabilización de
empleo temporal de la Disposición Adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dentro del marco
general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo, aprobada por Resolución de Alcaldía de
fecha 18 de mayo de 2022 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 0098 de fecha
24 de mayo de 2022.
MANIFIESTA: Que declara conocer y acepta las bases, y aporta la siguiente documentación para
optar al proceso de selección de una plaza de PEÓN DE SERVICIOS MÚLTIPLES.
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA:
- Fotocopia compulsada del DNI
- Fotocopia compulsada de título académico habilitante para el acceso a la plaza convocada.
- Fotocopia compulsada del permiso de conducción tipo B
RELACIÓN DE MÉRITOS:
- Documentos, en original, fotocopia compulsada o copia auténtica, acreditativos de
los méritos que se aleguen por los aspirantes, para ser valorados en el concurso, de acuerdo con la
baremación establecida en la base SEXTA.
DECLARACIONES:
DECLARO, bajo mi responsabilidad:
 Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
 Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
CVE:
BOP-2022-5874
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de diciembre de 2022
N.º 0236
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