Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de la Vera. (BOP-2022-5869)
BOP-2022-5869 Determinación de estado de ruina inminente del inmueble sito en calle Isabel la Católica, núm. 36.
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plazo de un mes a contar a partir del siguiente a su notificación. Contra la resolución del
recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo este recurso, pudiendo el interesado
interponer directamente recurso contencioso-administrativo.
Conforme a lo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, el pago en período voluntario de las deudas tributarias resultantes de liquidaciones
practicadas por la Administración, deberá hacerse en los siguientes plazos:
Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la
fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil,
hasta el inmediato hábil siguiente.
Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la
fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no
fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Las formas de pago y lugar de pago admitido por el Ayuntamiento son:
Si vencidos los plazos indicados, no se hubiera satisfecho la deuda se exigirá en vía de
apremio de acuerdo con lo establecido en los artículos 70 y ss del Reglamento General de
Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Valverde de la Vera , 1 de diciembre de 2022
Esperanza Mayero Sánchez
ALCALDESA
FORMAS DE PAGO ADMITIDAS POR EL AYUNTAMIENTO:
Transferencia bancaria ES75 2103 7579 1500 1000 0684
(UNICAJA BANCO)
Concepto EXP. 503/2021 NOMBRE Y APELLIDOS
CVE:
BOP-2022-5869
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de diciembre de 2022
N.º 0235
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