Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5860)
BOP-2022-5860 Proceso de provisión de puestos de trabajo mediante concurso de traslado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AREA DE PERSONAL, FORMACIN Y SEPEI
- En la pestaña “CONVOCATORIA”, seleccionar “CONCURSO DE MERITO Y TRASLADO”.
- Completar el “formulario de elección de puestos”, firmandolo electrónicamente.
- Acceder a la inscripción a través del anuncio de la convocatoria, adjuntando a la misma el formulario de
elección de puestos y la documentación para la valoración de los méritos.
Finalmente la solicitud deberá ser firmada electrónicamente en la fase correspondiente del
procedimiento electrónico, como paso previo obligatorio al registro y entrega que se realizará, en todo caso,
a través del correspondiente trámite de la Sede Electrónica. Dicha solicitud se remite automáticamente
mediante la Sede Electrónica a la unidad DIR3 responsable de la convocatoria.
La no presentación de las solicitudes de participación conforme a lo indicado anteriormente en
tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo, conforme lo regulado en los
artículos 4 y 5 del Reglamento de actuación y funcionamiento por medios electrónicos de la Diputación de
Cáceres.
La Comisión de Valoración o los órganos competentes de la Diputación Provincial de Cáceres
puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y
que hayan sido objeto de valoración, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos que falseen o
modifiquen dicha documentación aportada. Se iniciará expediente de comprobación acerca del
cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano
convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Cada empleado público sólo podrá presentar una solicitud en la que relacionen, por orden de preferencia,
los puestos a los que opta de los comprendidos a la convocatoria, así como las posibles resultas que
solicite, entre los puestos de trabajo que queden vacantes como consecuencia de la adjudicación a sus
titulares de un puesto en la misma convocatoria.
Las tres Resoluciones: Primera adjudicación, Resultas y reasignación de nuevos puestos a los no
fijos, en sus distintas formas previstas por la normativa reguladora, se agruparán en un solo procedimiento y
la resolución de la misma abarcará tanto la primera adjudicación, como las resultas de la misma.
En el supuesto de que un empleado público pertenezca a más de un Cuerpo o Categoría
Profesional, podrá presentar una solicitud por cada Cuerpo o Categoría estableciendo la preferencia entre
las solicitudes.
5. Los solicitantes habrán de manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a
la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes. Estas condiciones deberán mantenerse a lo
largo de todo el proceso.
6. Los empleados públicos con alguna discapacidad debidamente acreditada, podrán hacer constar en
escrito anexo a su solicitud el tipo de adaptación del puesto que necesitan, siempre que no suponga una
modificación exorbitante en el contexto de la organización o unidad.
La Comisión de Valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la información que
estime necesaria en orden a la adaptación deducida, así como el dictamen de los Órganos Técnicos de la
Administración competentes, respecto de la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el
desempeño de las tareas y funciones del puesto o puestos concretos.
7. Cada solicitud deberá ir acompañada de copias de la documentación acreditativa de cada uno de los
CVE:
BOP-2022-5860
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de diciembre de 2022
N.º 0235
Pág. 25167
- En la pestaña “CONVOCATORIA”, seleccionar “CONCURSO DE MERITO Y TRASLADO”.
- Completar el “formulario de elección de puestos”, firmandolo electrónicamente.
- Acceder a la inscripción a través del anuncio de la convocatoria, adjuntando a la misma el formulario de
elección de puestos y la documentación para la valoración de los méritos.
Finalmente la solicitud deberá ser firmada electrónicamente en la fase correspondiente del
procedimiento electrónico, como paso previo obligatorio al registro y entrega que se realizará, en todo caso,
a través del correspondiente trámite de la Sede Electrónica. Dicha solicitud se remite automáticamente
mediante la Sede Electrónica a la unidad DIR3 responsable de la convocatoria.
La no presentación de las solicitudes de participación conforme a lo indicado anteriormente en
tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo, conforme lo regulado en los
artículos 4 y 5 del Reglamento de actuación y funcionamiento por medios electrónicos de la Diputación de
Cáceres.
La Comisión de Valoración o los órganos competentes de la Diputación Provincial de Cáceres
puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y
que hayan sido objeto de valoración, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos que falseen o
modifiquen dicha documentación aportada. Se iniciará expediente de comprobación acerca del
cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano
convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Cada empleado público sólo podrá presentar una solicitud en la que relacionen, por orden de preferencia,
los puestos a los que opta de los comprendidos a la convocatoria, así como las posibles resultas que
solicite, entre los puestos de trabajo que queden vacantes como consecuencia de la adjudicación a sus
titulares de un puesto en la misma convocatoria.
Las tres Resoluciones: Primera adjudicación, Resultas y reasignación de nuevos puestos a los no
fijos, en sus distintas formas previstas por la normativa reguladora, se agruparán en un solo procedimiento y
la resolución de la misma abarcará tanto la primera adjudicación, como las resultas de la misma.
En el supuesto de que un empleado público pertenezca a más de un Cuerpo o Categoría
Profesional, podrá presentar una solicitud por cada Cuerpo o Categoría estableciendo la preferencia entre
las solicitudes.
5. Los solicitantes habrán de manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a
la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes. Estas condiciones deberán mantenerse a lo
largo de todo el proceso.
6. Los empleados públicos con alguna discapacidad debidamente acreditada, podrán hacer constar en
escrito anexo a su solicitud el tipo de adaptación del puesto que necesitan, siempre que no suponga una
modificación exorbitante en el contexto de la organización o unidad.
La Comisión de Valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la información que
estime necesaria en orden a la adaptación deducida, así como el dictamen de los Órganos Técnicos de la
Administración competentes, respecto de la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el
desempeño de las tareas y funciones del puesto o puestos concretos.
7. Cada solicitud deberá ir acompañada de copias de la documentación acreditativa de cada uno de los
CVE:
BOP-2022-5860
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de diciembre de 2022
N.º 0235
Pág. 25167