Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2022-5813)
BOP-2022-5813 Convocatoria y Bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal.
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ser nombrados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
oposición.
3. En este caso, la presidencia del Tribunal formulará en que hubieren podido incurrir por
falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la propuesta a favor de los que habiendo
superado todas las pruebas tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.
4. El Ayuntamiento de Tiétar se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la
documentación aportada, o solicitar aclaraciones o información adicional, cuando se considere
necesario.
5. Con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas convocadas, cuando se
produzcan renuncias, o cuando alguna de las personas seleccionadas carezca de los requisitos
señalados en la Base Sexta, o habiendo sido nombrada o contratada, no tomase posesión
o no aceptase el contrato en el plazo previsto en la Base Decimoctava, la Presidencia de la
Corporación podrá nombrar o contratar a las personas aspirantes que, sigan por orden de
puntuación, a las personas propuestas para su posible contratación como personal laboral,
según corresponda.
DECIMOCTAVA. - CONTRATACIÓN COMO PERSONAL LABORAL FIJO.
1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Presidencia de la Corporación
resolverá la contratación como personal laboral fijo a favor de las personas que, habiendo
superado el proceso selectivo, cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
2. Las contrataciones como personal laboral fijo en la plaza correspondiente, se publicarán en
el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Cáceres, en la sede electrónica municipal y en el
Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tiétar.
3. Las personas contratadas, deberán tomar posesión en el plazo máximo de tres días
naturales si no implica cambio de residencia de la persona empleada, o de un mes si comporta
cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de contratación deberá
computarse desde dicha publicación.
4. El cómputo de los plazos de aceptación del contrato se iniciará cuando finalicen los permisos
o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el
órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
CVE:
BOP-2022-5813
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de diciembre de 2022
N.º 0233
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