Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2022-5706)
BOP-2022-5706 Bases y convocatoria para selección de un/a Auxiliar de Ayuda a Domicilio incluida en la convocatoria del proceso de estabilización.
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● Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Las personas incluidas en la Bolsa de Trabajo tendrán que presentar datos personales
suficientes que permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén actualizados
en todo momento.
Una vez realizado el intento de localización por medio de la comunicación telefónica, la
telegráfica con acuse de recibo o el correo electrónico con acuse de recepción, si no fuese
posible el contacto en veinticuatro horas se acudirá a la persona siguiente.
Si se opta por la comunicación telefónica, se realizarán un mínimo de tres intentos de contacto
entre las 08:30 y las 15:00 horas, con un intervalo de 60 minutos entre cada llamada.
Quedará anotación escrita de lo que se indica en este número en el servicio correspondiente,
dándose traslado inmediato de informe escrito al Secretario de la Corporación para
conocimiento y constancia.
La persona integrante de la Bolsa de Trabajo que reciba propuesta de oferta de trabajo, en los
términos descritos anteriormente, deberá proceder a la aceptación o rechazo de la misma, en
un periodo máximo de 24 horas, salvo que por circunstancias excepcionales o de fuerza mayor.
Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de dos años.
La Bolsa de Trabajo debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente
en la página web municipal.
UNDÉCIMA. Incompatibilidades
Los/as aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
DUODÉCIMA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los
efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.
CVE:
BOP-2022-5706
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
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