Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2022-5705)
BOP-2022-5705 Convocatoria y Bases del proceso extraordinario de consolidación.
24 páginas totales
Página
especialización y perfeccionamiento de 20 a 300 horas, con un máximo de
1 punto.
- 0,34 puntos por cursos, Seminarios, Congresos o Jornadas de
especialización y perfeccionamiento superior a 300 horas, con un máximo
de 2 puntos.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará
mediante la presentación del certificado o diploma de asistencia con el contenido
del programa oficial del curso con indicación del número de horas lectivas. Se
valorará, una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias
coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido. Cuando se trate de
formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte; Curso Básico y Curso
Avanzado...), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración. Cuando
del documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las
funciones a desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que
corresponda siempre, y exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas
de la misma. Si la duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se
computará a razón de 5 horas por cada día que se acredite.
Cuando la acción formativa se especifique en créditos, la equivalencia será de 10
horas por cada crédito.
b.2. Titulación académica (máximo de 1 punto): Se valorará con un 1 punto la
titulación académica de nivel igual o superior y distinta a la requerida para el
acceso al Cuerpo y Especialidad, Escala y Especialidad o Categoría y
Especialidad a la que se desea acceder.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará por los
aspirantes mediante la presentación de documento original o copia auténtica, en
los mismos términos establecidos en cuanto a la titulación exigida que establecen
los apartados 2 y 3 de la cláusula novena de las presentes bases.
3. La puntuación definitiva del proceso vendrá determinada por la suma de la obtenida en la
fase de concurso, en su caso, determinando el resultado el orden de clasificación definitiva de
las personas aspirantes.
4. De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por el siguiente orden:
1º Mayor puntuación en el apartado de méritos profesionales por el orden en que éstos
CVE:
BOP-2022-5705
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
Pág. 24550