Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-5695)
BOP-2022-5695 Convenio adhesión Ayuntamiento Alcuéscar.
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d) Un representante de los municipios consorciados con población igual o
superior a cinco mil habitantes, designado por la Junta General.
e) Dos representantes de los municipios consorciados con población igual o
inferior a mil habitantes, designados por la Junta General.
f) Un representante de las mancomunidades consorciadas, designado por la
Junta General.
g) El secretario/a o el funcionario/a en el que se haya producido la oportuna
delegación administrativa.
h) El responsable del control interno del consorcio.
i) Podrán asistir a las sesiones con cometidos exclusivos de asesoramiento los
técnicos que el Presidente o Vicepresidente considere oportuno.
2.- Son atribuciones del Consejo de Administración:
a) Elaborar las líneas generales de la programación anual, así como las normas
de régimen interior y el de prestación de los servicios.
b) Ejercer la supervisión técnica de los programas, proyectos y métodos de
trabajo.
c) Realizar protocolos de evaluación.
d) Elaborar los programas o actividades nuevas a desarrollar.
e) Elaboración de documentación unificada de trabajo.
f) Todas las que la Junta General acuerde delegarle.
g) La aprobación del régimen retributivo del personal, salvo en los casos en los
que dicha aprobación exija modificación de la relación de puestos de trabajo.
h) La incoación, trámite y aprobación de modificaciones presupuestarias no
atribuidas por los presentes estatutos al Vicepresidente.
i) La concertación de operaciones de crédito y tesorería, no atribuidas por los
presentes estatutos al Vicepresidente.
j) La enajenación y gravamen de bienes y derechos de los que sea titular el
consorcio, en concepto de dueño.
k) La aprobación de Ordenanzas tributarias, el establecimiento y ordenación de
precios públicos, así como cualquier otra contraprestación o tarifa, así como
cualquier otra Ordenanza de naturaleza no Tributaria.
l) Acordar la incorporación de nuevas entidades y la aprobación de las bases o
condiciones que han de regir su actuación y del convenio correspondiente,
dándose cuenta en la primera sesión que se celebre.
CVE:
BOP-2022-5695
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
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