Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5689)
BOP-2022-5689 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones para realizar proyectos de Educación para la Ciudadanía Global.
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General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres y con el art. 34.4 de la Ley 38/2003, General
de Subvenciones y, en todo caso, siempre que la entidad beneficiaria no tenga cantidades pendientes de
reintegrar relativas a expedientes de subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
GARANTÍAS
No será necesaria la constitución de garantía alguna, estando exentas las entidades beneficiarias, de
conformidad con lo dispuesto en el art. 42.2 d) del Reglamento de la Ley General de Subvenciones y al artículo
13.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
BASE CUARTA. ENTIDADES BENEFICIARIAS: REQUISITOS Y OBLIGACIONES.
REQUISITOS
Podrán solicitar estas ayudas las ONGD de la provincia de Cáceres que cumplan los siguientes requisitos:
1) Tener personalidad jurídica, capacidad de obrar y carecer de fin de lucro, aspectos que deben estar
recogidos en sus estatutos.
2) Estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro de Organizaciones no Gubernamentales de
Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con carácter previo a la publicación de la presente
convocatoria.
3) Que tengan sede social o al menos una oficina permanente en el territorio de la provincia de Cáceres,
dotada de medios humanos y técnicos suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines.
Y además, que no se encuentren incursas en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiaria de
subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS.
OBLIGACIONES
Serán obligaciones de la entidad beneficiaria las establecidas en el art. 8 de la Ordenanza General de
Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres y en el art. 14 de la Ley General de Subvenciones, y
además:
a) Adoptar las medidas de difusión necesarias para dar publicidad a la ayuda concedida. Las entidades
beneficiarias de la subvención estarán obligadas a difundir que la actividad y/o el proyecto ha sido
subvencionado por la Diputación Provincial de Cáceres. Para ello deberán hacer constar la colaboración
mediante la disposición del texto “en colaboración con la Diputación Provincial de Cáceres” y el logotipo
de la Diputación en todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) y deberán publicar nota
informativa con el proyecto subvencionado y el importe total de la ayuda, haciendo expresa referencia a la
subvención concedida por la Diputación Provincial de Cáceres.
b) Comunicar cualquier modificación del proyecto. Se considerarán modificaciones aquellos cambios que
alteren el desarrollo del mismo en relación con lo planificado en el documento de formulación (tanto a nivel
técnico como económico).
Modificaciones sustanciales. Son aquellas que afectan a la ejecución del proyecto en todos o alguno de los
siguientes aspectos:
- Los objetivos formulados en el proyecto aprobado
- Los resultados
- El presupuesto aprobado cuando la suma total de los cambios sea igual o superior al 15% del importe
concedido.
CVE:
BOP-2022-5689
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
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