Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5622)
BOP-2022-5622 Convocatoria para la provisión de una plaza de Técnico/a en Promoción Empresarial GPA-AEDL (Grupo Provincial de apoyo a Agentes de Empleo y Desarrollo Local) mediante concurso de méritos.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y
excluidos.
La identificación de los interesados se realizará cumpliendo con las recomendaciones
previstas en la Orientación para la aplicación provisional de la Disposición Adicional Séptima de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía
de los Derechos Digitales (LOPDGDD) de la AEPD, hasta el momento en el que los órganos
competentes aprueben disposiciones para la aplicación de la mencionada Disposición Adicional
séptima.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos
del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo
señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente
excluidos del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P., en el
Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución elevando a
definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado
errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de la
lectura y/ o defensa de la memoria.
4.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
QUINTA. Tribunal de Selección.
5.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el art. 30
del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se determina en
los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura,
quedando formados por los titulares que a continuación se indican y sus correspondientes
suplentes:
Presidente/a:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia de la Diputación y su
correspondiente suplente.
Vocales:
Un/a empleado/a público/a, designado por el órgano competente en Administración Local
de la Junta de Extremadura, y su correspondiente suplente.
CVE:
BOP-2022-5622
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de noviembre de 2022
N.º 0229
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