Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5602)
BOP-2022-5602 Convocatoria para la provisión de cuatro plazas de Agentes de Empleo y Desarrollo Local mediante concurso de méritos
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador
resolver la procedencia y concreción de la adaptación de tiempos y medios en función de las
circunstancias específicas del proceso selectivo, según se establece por el Decreto 111/2017, de
18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto
de la adaptación solicitada.
6.2. Los aspirantes serán convocados para la defensa de la memoria con una antelación de cinco
días hábiles de dicho comienzo mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia,
en el Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público.
SÉPTIMA.Sistema de Selección.
7.1. El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, en conexión con la Ley 20/2021, y se realizará a través del sistema de concurso de
méritos.
Supondrá una puntuación máxima total de 100 puntos, dividiéndose en servicios prestados, otros
méritos (formación, titulación e idiomas) y memoria funcional, de acuerdo con los baremos que
figuran a continuación, que se aplicarán a los aspirantes del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de publicación del anuncio
de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el
proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la instancia, así
como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base Tercera 3.2.
a) Servicios prestados. (80 puntos máximo)
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera
que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o indefinido no fijo, hasta la
fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de acuerdo con el siguiente
baremo:
CVE:
BOP-2022-5602
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de noviembre de 2022
N.º 0229
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Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador
resolver la procedencia y concreción de la adaptación de tiempos y medios en función de las
circunstancias específicas del proceso selectivo, según se establece por el Decreto 111/2017, de
18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto
de la adaptación solicitada.
6.2. Los aspirantes serán convocados para la defensa de la memoria con una antelación de cinco
días hábiles de dicho comienzo mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia,
en el Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público.
SÉPTIMA.Sistema de Selección.
7.1. El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, en conexión con la Ley 20/2021, y se realizará a través del sistema de concurso de
méritos.
Supondrá una puntuación máxima total de 100 puntos, dividiéndose en servicios prestados, otros
méritos (formación, titulación e idiomas) y memoria funcional, de acuerdo con los baremos que
figuran a continuación, que se aplicarán a los aspirantes del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de publicación del anuncio
de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el
proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la instancia, así
como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base Tercera 3.2.
a) Servicios prestados. (80 puntos máximo)
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera
que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o indefinido no fijo, hasta la
fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, de acuerdo con el siguiente
baremo:
CVE:
BOP-2022-5602
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de noviembre de 2022
N.º 0229
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