Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Ana. (BOP-2022-5520)
BOP-2022-5520 Aprobación definitiva modificación Ordenanza reguladora del IBI.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Santa Ana
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación Ordenanza reguladora del IBI.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ( I.B.I.), adoptado
en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2022, cuyo texto íntegro se hace público, para
su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo.
El artículo 9.3 a) queda redactado de la siguiente forma:
Bienes inmuebles urbanos:
1º.- Tipo de gravamen general : 0,80%.
2º.- Tipos de gravamen según los usos catastrales de los bienes inmuebles urbanos:Se
establece para todos los inmuebles y para todos los usos un tipo de gravamen de 0,80 %.
El art. 9.3 b) queda redactado de la siguiente forma: Bienes inmuebles de naturaleza rústica;
0,80 %.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Santa Ana , 18 de noviembre de 2022
Jesús Regodón Cercas
ALCALDE
CVE:
BOP-2022-5520
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de noviembre de 2022
N.º 0225
Pág. 23510
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Santa Ana
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación Ordenanza reguladora del IBI.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ( I.B.I.), adoptado
en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2022, cuyo texto íntegro se hace público, para
su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo.
El artículo 9.3 a) queda redactado de la siguiente forma:
Bienes inmuebles urbanos:
1º.- Tipo de gravamen general : 0,80%.
2º.- Tipos de gravamen según los usos catastrales de los bienes inmuebles urbanos:Se
establece para todos los inmuebles y para todos los usos un tipo de gravamen de 0,80 %.
El art. 9.3 b) queda redactado de la siguiente forma: Bienes inmuebles de naturaleza rústica;
0,80 %.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Santa Ana , 18 de noviembre de 2022
Jesús Regodón Cercas
ALCALDE
CVE:
BOP-2022-5520
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de noviembre de 2022
N.º 0225
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