Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5500)
BOP-2022-5500 Bases Subvención Plan Activa Cultura Deporte 23.
22 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El Municipio que no se acoja a la contratación de personal referida en el apartado 1 A de la
base primera de la presente convocatoria le será reducida la cuantía máxima a recibir en un
40%.
El Municipio que no se acoja a la contratación de artistas o grupos referida en el apartado 1 B
de la base primera de la presente convocatoria le será reducida la cuantía máxima a recibir en
un 45%.
El Municipio que no se acoja a la realización de actividades deportivas referidas en el apartado
1 C de la base primera de la presente convocatoria le será reducida la cuantía máxima a recibir
en un 15%.
En el mismo sentido, la aportación del Ayuntamiento se podrá reducir en idéntico porcentaje.
2) DETALLE DE LAS PARTIDAS ADICIONALES
Este epígrafe contempla los apartados d), e) y f) de la Base Primera (Universidad Popular,
Escuela de Música y Pedanías).
Para aquellos municipios que cuenten con Universidad Popular y lo soliciten, se añadirá una
aportación de mil euros (1.000 €), de carácter finalista, para sufragar gastos derivados de sus
actividades, siempre que acrediten tenerlas constituidas en fecha anterior al día 1 de enero de
2022.
Para aquellos municipios que cuenten con Escuela de música creada con anterioridad al 1 de
enero de 2022 y lo soliciten se añadirá una cantidad que se calculará de la siguiente forma:
- Una cuantía inicial de 300 euros a cada uno de los/as solicitantes.
- En función de la aportación municipal al Centro una cuantía adicional de:
De 3.000 a 9.000 euros de aportación municipal ..............150 euros.
De 9.001 a 30.000 euros de aportación municipal ............400 euros.
De 30.001 a 60.000 euros de aportación municipal ..........650 euros.
De 60.001 a 150.000 euros de aportación municipal ......1.000 euros.
Contratación GUIARTEX Actividad deportiva
40% 45% 15%
CVE:
BOP-2022-5500
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de noviembre de 2022
N.º 0225
Pág. 23439
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El Municipio que no se acoja a la contratación de personal referida en el apartado 1 A de la
base primera de la presente convocatoria le será reducida la cuantía máxima a recibir en un
40%.
El Municipio que no se acoja a la contratación de artistas o grupos referida en el apartado 1 B
de la base primera de la presente convocatoria le será reducida la cuantía máxima a recibir en
un 45%.
El Municipio que no se acoja a la realización de actividades deportivas referidas en el apartado
1 C de la base primera de la presente convocatoria le será reducida la cuantía máxima a recibir
en un 15%.
En el mismo sentido, la aportación del Ayuntamiento se podrá reducir en idéntico porcentaje.
2) DETALLE DE LAS PARTIDAS ADICIONALES
Este epígrafe contempla los apartados d), e) y f) de la Base Primera (Universidad Popular,
Escuela de Música y Pedanías).
Para aquellos municipios que cuenten con Universidad Popular y lo soliciten, se añadirá una
aportación de mil euros (1.000 €), de carácter finalista, para sufragar gastos derivados de sus
actividades, siempre que acrediten tenerlas constituidas en fecha anterior al día 1 de enero de
2022.
Para aquellos municipios que cuenten con Escuela de música creada con anterioridad al 1 de
enero de 2022 y lo soliciten se añadirá una cantidad que se calculará de la siguiente forma:
- Una cuantía inicial de 300 euros a cada uno de los/as solicitantes.
- En función de la aportación municipal al Centro una cuantía adicional de:
De 3.000 a 9.000 euros de aportación municipal ..............150 euros.
De 9.001 a 30.000 euros de aportación municipal ............400 euros.
De 30.001 a 60.000 euros de aportación municipal ..........650 euros.
De 60.001 a 150.000 euros de aportación municipal ......1.000 euros.
Contratación GUIARTEX Actividad deportiva
40% 45% 15%
CVE:
BOP-2022-5500
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de noviembre de 2022
N.º 0225
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