Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5495)
BOP-2022-5495 Convenio de adhesión del Ayuntamiento de Aliseda al sistema de adquisición centralizada de la Diputación Provincial de Cáceres (Central de contratación de la Diputación Provincial de Cáceres).
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ÁREA DE MEDIO AMBIENTE Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
ser tramitadas por la central de contratación de la Diputación Provincial de Cáceres, especificando,
igualmente, además de las circunstancias de denominación de la Entidad, dirección, teléfono y
persona responsable y el e-mail de contacto.
2.- Formular las peticiones de suministro de bienes, obras y/o de prestación de servicios, en el
modelo que aprobará por resolución a tal fin, la Presidencia de la Diputación Provincial.
3.- Poner en conocimiento de la central de contratación de la Diputación Provincial, las demoras en
los plazos de entrega, defectos en los bienes suministrados o en la prestación de servicios, o
cualquier otro incumplimiento total o parcial relacionado con el objeto del contrato, para la
adopción de las medidas oportunas, incluidas en su caso, la aplicación de penalidades y exigencia
de responsabilidades previstas en la normativa que regula la contratación en el Sector Público.
4.- Efectuar la recepción de los bienes suministrados y de los servicios prestados u obras ejecutadas,
los cuales deberán coincidir con las características y precios con los que figuran en la
correspondiente petición, así como el abono del precio y de las posibles revisiones, todo conforme a
los términos establecidos legalmente.
CUARTA.- SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONVENIO.
La central de contratación se adscribirá al Servicio de Compras y Suministros adscrito al Área de Hacienda y
Asistencia a Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cáceres, quien le asistirá y realizará las
funciones de seguimiento y control de las obligaciones derivadas del presente convenio, en los términos
previstos en las Instrucción reguladora del funcionamiento de las central de contratación (BOP de Cáceres
de Lunes 20 de Junio de 2022) y en atención a la naturaleza y características de cada una de las
herramientas y funcionalidades objeto del convenio.
QUINTA.- VIGENCIA DEL PRESENTE CONVENIO.
El periodo de vigencia del presente CONVENIO será de cuatro años a contar desde el día siguiente al de su
formalización, y se podrá prorrogar mediante acuerdo expreso por igual periodo de tiempo, si no existiera
denuncia del mismo por alguna de las partes, previa comunicación a la otra con al menos tres meses de
antelación.
SEXTA.- MODIFICACIÓN DEL CONVENIO.
En el supuesto de que la central de contratación de la Diputación de Cáceres llevara a cabo una
modificación de la instrucción reguladora del funcionamiento de la central de contratación que se ha
aceptado por este Ayuntamiento, se procederá de la siguiente forma:
- Si dicha modificación conllevase cualquier obligación adicional para la Entidad Local adherida, deberá
procederse a la modificación del convenio por mutuo acuerdo de las partes.
- Si la modificación no conlleva obligación adicional para la Entidad Local adherida, ésta se aplicará de
forma automática.
- Se considerará que no existe “obligación adicional” en los siguientes supuestos:
» Cuando se introduzcan nuevas funcionalidades cuyo uso no sea obligatorio para la Entidad Local
adherida.
» Cuando se modifiquen los procedimientos para la tramitación de acuerdos marcos y grupos de compra, al
no tener carácter obligatorio su adhesión específica para las Entidades Locales.
» La adaptación y evolución del sistema informático sobre el que se desarrolla el “Servicio de Licitación
Electrónica” cuando venga impuesta por cambios legislativos o cambios tecnológicos de la Plataforma de
Contratación del Sector Público (PLACSP).
CVE:
BOP-2022-5495
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de noviembre de 2022
N.º 0225
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ser tramitadas por la central de contratación de la Diputación Provincial de Cáceres, especificando,
igualmente, además de las circunstancias de denominación de la Entidad, dirección, teléfono y
persona responsable y el e-mail de contacto.
2.- Formular las peticiones de suministro de bienes, obras y/o de prestación de servicios, en el
modelo que aprobará por resolución a tal fin, la Presidencia de la Diputación Provincial.
3.- Poner en conocimiento de la central de contratación de la Diputación Provincial, las demoras en
los plazos de entrega, defectos en los bienes suministrados o en la prestación de servicios, o
cualquier otro incumplimiento total o parcial relacionado con el objeto del contrato, para la
adopción de las medidas oportunas, incluidas en su caso, la aplicación de penalidades y exigencia
de responsabilidades previstas en la normativa que regula la contratación en el Sector Público.
4.- Efectuar la recepción de los bienes suministrados y de los servicios prestados u obras ejecutadas,
los cuales deberán coincidir con las características y precios con los que figuran en la
correspondiente petición, así como el abono del precio y de las posibles revisiones, todo conforme a
los términos establecidos legalmente.
CUARTA.- SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONVENIO.
La central de contratación se adscribirá al Servicio de Compras y Suministros adscrito al Área de Hacienda y
Asistencia a Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cáceres, quien le asistirá y realizará las
funciones de seguimiento y control de las obligaciones derivadas del presente convenio, en los términos
previstos en las Instrucción reguladora del funcionamiento de las central de contratación (BOP de Cáceres
de Lunes 20 de Junio de 2022) y en atención a la naturaleza y características de cada una de las
herramientas y funcionalidades objeto del convenio.
QUINTA.- VIGENCIA DEL PRESENTE CONVENIO.
El periodo de vigencia del presente CONVENIO será de cuatro años a contar desde el día siguiente al de su
formalización, y se podrá prorrogar mediante acuerdo expreso por igual periodo de tiempo, si no existiera
denuncia del mismo por alguna de las partes, previa comunicación a la otra con al menos tres meses de
antelación.
SEXTA.- MODIFICACIÓN DEL CONVENIO.
En el supuesto de que la central de contratación de la Diputación de Cáceres llevara a cabo una
modificación de la instrucción reguladora del funcionamiento de la central de contratación que se ha
aceptado por este Ayuntamiento, se procederá de la siguiente forma:
- Si dicha modificación conllevase cualquier obligación adicional para la Entidad Local adherida, deberá
procederse a la modificación del convenio por mutuo acuerdo de las partes.
- Si la modificación no conlleva obligación adicional para la Entidad Local adherida, ésta se aplicará de
forma automática.
- Se considerará que no existe “obligación adicional” en los siguientes supuestos:
» Cuando se introduzcan nuevas funcionalidades cuyo uso no sea obligatorio para la Entidad Local
adherida.
» Cuando se modifiquen los procedimientos para la tramitación de acuerdos marcos y grupos de compra, al
no tener carácter obligatorio su adhesión específica para las Entidades Locales.
» La adaptación y evolución del sistema informático sobre el que se desarrolla el “Servicio de Licitación
Electrónica” cuando venga impuesta por cambios legislativos o cambios tecnológicos de la Plataforma de
Contratación del Sector Público (PLACSP).
CVE:
BOP-2022-5495
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 24 de noviembre de 2022
N.º 0225
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