Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vegaviana. (BOP-2022-5492)
BOP-2022-5492 Expediente de suplemento de crédito para el ejercicio 2022.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los
siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,
apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el
Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas
Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a
ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad
específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los/as interesados/as podrán interponer directamente
recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la
efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Vegaviana, 21 de noviembre de 2022
Rocío Pérez Rivero
ALCALDESA - PRESIDENTA
Aplicación económica Descripción Euros
Cap. Art. Conc.
8 87 87000 Remanente de Tesorería Gastos Generales 160.000,00
TOTAL INGRESOS 160.000,00
CVE:
BOP-2022-5492
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 23 de noviembre de 2022
N.º 0224
Pág. 23404