Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda. (BOP-2022-5411)
BOP-2022-5411 Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. Depuración en el entorno de la Isla de Valdecañas.
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Sección II - Administración Autonómica
Junta de Extremadura
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda
ANUNCIO. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por
la Unión Europea-Next Generation EU. Depuración en el entorno de la Isla de
Valdecañas.
Anuncio de 3 de noviembre de 2022 de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda por
el que se cita a los/as interesados/as para el Levantamiento de Actas Previas a la Ocupación,
en expediente de expropiación forzosa de terrenos para la obra: “Depuración en el entorno de
la Isla de Valdecañas”.
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-Next
Generation EU.
Declarada urgente la ocupación de los bienes afectados por las obras de: “Depuración en el
entorno de la Isla de Valdecañas”, mediante Decreto 133/2022, de 26 de octubre, publicado en
el DOE n.º 210, de 2 de noviembre de 2022, ha de procederse a la expropiación de terrenos
por el procedimiento previsto en el art. 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.
En consecuencia esta Consejería ha notificado a los/as propietarios/as de los terrenos titulares
de derechos que figuran en la relación que se acompaña, para que comparezcan en el lugar,
día y hora que se señala en la misma. Asimismo, se ha ordenado la publicación de la presente
citación en el resto de medios señalados en el artículo 52.2 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa.
A dicho fin deberán asistir los/as interesados/as personalmente o bien representados por
personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad, sin cuya presentación no se les tendrá por parte, como por
ejemplo, el último recibo del I.B.I o certificación registral, pudiéndose acompañar, y a su costa,
si así les conviene, de Perito/a o Notario/a.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, los/as
interesados/as, así como los que siendo titulares de derechos o intereses económicos directos
sobre los bienes afectados que se hayan podido omitir, o se crean omitidos en la relación antes
CVE:
BOP-2022-5411
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de noviembre de 2022
N.º 0221
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