Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2022-5404)
BOP-2022-5404 Convocatoria constitución de una Bolsa de Empleo Temporal de Técnicos/as en Educación Infantil en el Centro de Educación Infantil "Las Cigüeñas" por el sistema de provisión de concurso.
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Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento http://serradilla.sedelectronica.es] y en el Tablón de anuncios del mismo. En la
misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Cualquier decisión que adopte el Tribunal y que deba conocer el personal aspirante hasta la
finalización del proceso selectivo se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://serradilla.sedelectronica.es] y en el Tablón de anuncios del mismo, bastando dicha
publicación, en la fecha que se inicie, como notificación a todos los efectos.
QUINTA. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios
de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre
mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los/as funcionarios/as interinos/as y el
personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores/as
especialistas para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo que considere, debido a
la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe a un mero
asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones
del Tribunal. Los/as asesores/as deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos
y asuntos sobre los que tengan conocimiento a consecuencia de su colaboración en el
Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo del proceso selectivo, que
actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los/as miembros del Tribunal será de conformidad con los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
La forma de selección será la de concurso. El Tribunal se constituirá para valorar los méritos
del concurso en base al siguiente baremo de acuerdo a las siguientes circunstancias:
CVE:
BOP-2022-5404
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de noviembre de 2022
N.º 0221
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