Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2022-5395)
BOP-2022-5395 Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera
ANUNCIO. Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de
Bienes Inmuebles.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la
Ordenanza Fiscal n.º 25, Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, cuyo texto íntegro se
hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Artículo 2.
1. El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, aplicable a los bienes de
naturaleza urbana queda fijado en el 0,73 %.
Quedando el texto integro de la Ordenanza de la siguiente manera:
ORDENANZA N.º 25: IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.
Art. 1º. De conformidad con lo establecido en el artículo 60 y siguientes del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales el tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, aplicable en este municipio de Jaraiz de la Vera, queda fijado en los términos que
se establecen en el artículo siguiente.
Art. 2º.
1. El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, aplicable a los bienes de
naturaleza urbana queda fijado en el 0,73%
2. El tipo de gravamen de Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de
naturaleza rústica, queda fijado en el 0,90 %.
CVE:
BOP-2022-5395
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de noviembre de 2022
N.º 0221
Pág. 23087