Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Escurial. (BOP-2022-5394)
BOP-2022-5394 Delegación de competencias en primer Teniente de Alcalde.
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Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece
el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de
acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, con
carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el
término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien
directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente a la
recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera
conveniente
Escurial, 14 de noviembre de 2022
Eduardo Sánchez Álvez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2022-5394
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de noviembre de 2022
N.º 0221
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