Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-5358)
BOP-2022-5358 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para el desarrollo y fomento de la actividad deportiva en la ciudad de Cáceres, temporada 2021/22. Deporte Base.
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Ayuntamiento de Cáceres
Instituto Municipal de Deportes
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B) Dificultad de ejecutarse la actividad sin la subvención. Hasta un máximo de
400 puntos.
1- Por cada licencia deportiva acreditada de deportistas incluidos en
equipos de ámbito nacional, con desplazamientos certificados en liga regular
fuera de la autonomía………………………………………………..……. 14
puntos.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva
correspondiente en que se indique el nombre del equipo, categoría, número de
deportistas que lo integran, y que ha tenido desplazamientos en la LIGA
REGULAR fuera de la comunidad autónoma. Y calendario federativo oficial de
la liga regular. Se presentarán tantos certificados como equipos cumpla este
criterio de valoración.
2- Por cada licencia deportiva acreditada de deportistas incluidos en
equipos de ámbito autonómico, con desplazamientos certificados en
competición regular fuera de la
provincia……….……………………………………………... 1 punto.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva
correspondiente en que se indique el nombre del equipo, categoría, número de
deportistas que lo integran, y que ha tenido desplazamientos en la LIGA
REGULAR fuera de la provincia de Cáceres. Y calendario federativo oficial de
la liga regular. Se presentarán tantos certificados como equipos cumpla este
criterio de valoración.
3- Por cada licencia deportiva de deportistas individuales, según
modalidades establecidas en Mod. 503(anexo IV) de estas bases .. 0,3 puntos.
Se acreditará mediante certificado de la federación deportiva correspondiente
Mod. 502 (anexo III).
4- Por cada licencia deportiva certificada por federaciones de deporte de
personas con discapacidad .………………………….…. 0,4 puntos. Se
acreditará mediante certificado de la federación deportiva correspondiente
Mod. 502 (anexo III).
D) Fomento de la Igualdad de género en el deporte. Hasta un máximo de 100
puntos.
1) Modalidad “A”. Se acreditará mediante certificado de la Federación
deportiva correspondiente según datos de género para esta modalidad en el
Mod. 502 (anexo III).
- Impulso y fomento de la igualdad de género en la totalidad de licencias
deportivas presentadas por la entidad, para la obtención de subvención,
entendiendo por igualdad, que las licencias femeninas o masculinas no
superen el 55% de unas respecto a otras…………… 0,1 punto por
cada licencia del genero de menor porcentaje.
2) Modalidad “B”. Se acreditará mediante certificado de la Federación
deportiva correspondiente en el que se indique, nombre del equipo, categoría,
porcentaje de cada sexo, y listado de los jugadores que integra el equipo mixto
por el que se solicita la aplicación de este criterio.
CVE:
BOP-2022-5358
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 17 de noviembre de 2022
N.º 0220
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