Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2022-5312)
BOP-2022-5312 Delegación funciones de Alcaldía.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Romangordo
ANUNCIO. Delegación funciones de Alcaldía.
Delegación en Concejal atribución celebración matrimonio civil.
Esta Alcaldía por Resolución de fecha 8 de Noviembre de 2022, ha delegado la atribución para
la celebración del matrimonio civil entre D. IGOR CARLOS REMON GARCÍA y Doña
ZSUZSANNA FERENCZI, cuyo expediente ha sido enviado por la Letrada de la Administración
de Justicia Encargada del Registro Civil Unico de Navalmoral de la Mata, la cual se transcribe
literalmente a continuación:
Visto el expediente remitido por la Letrada de la Administración de Justicia Encargada del
Registro Civil Unico de Navalmoral de la Mata, por el que por Auto de fecha 20 de Abril de
2022 de la misma, se autoriza la celebración del próximo matrimonio civil entre D. IGOR
CARLOS REMON GARCÍA y Doña ZSUZSANNA FERENCZI, siendo el domicilio del primero la
___, n.º __, ___, de 10300 -Navalmoral de la Mata y de la segunda, la ____, n.º __, ___ de
07.840 -Santa Eulária des Riu (Islas Baleares) y conocido su mutuo interés para ser casados
por el Concejal de este Ayuntamiento D. DANIEL MORENO CORDERO.
A tenor de lo establecido en los artículos 49 y 51 del Código Civil, modificados por la Ley
35/1994, de 23 de diciembre, en materia de autorización del matrimonio civil por los/as
Alcaldes/as (B.O.E. n.º 307 de 24 de diciembre de 1994) y considerando la facultad de
delegación conferida por el mencionado artículo 51 del Código Civil.
Dado el contenido de la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los
Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los/as Alcaldes/as.
Vistas las facultades contenidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de Diciembre,
de medidas para la modernización del gobierno local y el artículo 43 a 45, 52 y 114 del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Por todo cuanto precede, por el presente HE RESUELTO:
CVE:
BOP-2022-5312
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 15 de noviembre de 2022
N.º 0218
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