Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremocha. (BOP-2022-5296)
BOP-2022-5296 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir 1 plaza de oficial de primera de la construcción, 1 plaza de auxiliar administrativo/a y 1 plaza de peón de la construcción. Proceso de estabilización.
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Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica
de este Ayuntamiento, insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para
la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las
comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo
que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional
séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de
estos datos.
CUARTA. Admisión de Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de
máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la
sede electrónica de este Ayuntamiento. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la
designación nominal del Tribunal.
QUINTA. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios
de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre
mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los/as funcionarios/as interinos/as y el
personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
CVE:
BOP-2022-5296
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 14 de noviembre de 2022
N.º 0217
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