Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2022-5271)
BOP-2022-5271 Convocatoria de Estabilización de Empleo Temporal.
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especialización y perfeccionamiento de 20 a 300 horas, con un máximo de
1 punto.
- 0,34 puntos por cursos, Seminarios, Congresos o Jornadas de
especialización y perfeccionamiento superior a 300 horas, con un máximo
de 2 puntos.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará
mediante la presentación del certificado o diploma de asistencia con el contenido
del programa oficial del curso con indicación del número de horas lectivas. Se
valorará, una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias
coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte;
Curso Básico y Curso Avanzado…), se sumará la carga lectiva total a efectos de
su valoración. Cuando del documento aportado se deduzca que sólo en parte
guarda relación con las funciones a desempeñar, únicamente será tomada en
consideración la que corresponda siempre, y exclusivamente, que se indique la
carga lectiva en horas de la misma. Si la duración se reflejara en días, sin
especificación de horas, se computará a razón de 5 horas por cada día que se
acredite.
Cuando la acción formativa se especifique en créditos, la equivalencia será de 10
horas por cada crédito.
b.2. Titulación académica (máximo de 1 punto): Se valorará con un 1 punto la
titulación académica de nivel igual o superior y distinta a la requerida para el
acceso al Cuerpo y Especialidad, Escala y Especialidad o Categoría y
Especialidad a la que se desea acceder.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará por los
aspirantes mediante la presentación de documento original o copia auténtica, en
los mismos términos establecidos en cuanto a la titulación exigida que establecen
los apartados 2 y 3 de la cláusula novena de las presentes bases.
2. La puntuación definitiva del proceso vendrá determinada por la suma de la obtenida en la
fase de concurso, en su caso, determinando el resultado el orden de clasificación definitiva de
las personas aspirantes.
3. De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por el siguiente orden:
CVE:
BOP-2022-5271
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
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