Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2022-5271)
BOP-2022-5271 Convocatoria de Estabilización de Empleo Temporal.
28 páginas totales
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2. Deberá acompañarse a la instancia de solicitud de participación en el proceso selectivo una
copia del documento justificativo del abono de los derechos de examen. En ningún caso, la
mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
3. De acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora, no se concederán más
exenciones y bonificaciones que las expresamente previstas en las leyes o las derivadas de la
aplicación de los Tratados Internacionales. No obstante, de acuerdo con el artículo 24.4 del
Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, se establece una bonificación de tipo
gradual, desde el 50 hasta el 95 % de la cuota tributaria, en función de las circunstancias
económicas y sociales de los beneficiarios, las cuales deberán ser acreditadas ante los
servicios sociales municipales, emitiendo éstas informes concretando la cuantía de la
bonificación.
4. Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan
quedado definitivamente excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se
realizará previa solicitud del interesado.
5. No se procederá a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en
las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada. En ningún caso la
presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
6. La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación
expresa y formal de lo establecido en las presentes bases.
DUODECIMA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la
Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes
admitidas y excluidas.
En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en la
sede electrónica municipal (http://trujillo.sedelectronica.es) y en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento de Trujillo, se hará pública la lista completa de personas aspirantes admitidos y
excluidos, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
CVE:
BOP-2022-5271
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
Pág. 22660
copia del documento justificativo del abono de los derechos de examen. En ningún caso, la
mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
3. De acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora, no se concederán más
exenciones y bonificaciones que las expresamente previstas en las leyes o las derivadas de la
aplicación de los Tratados Internacionales. No obstante, de acuerdo con el artículo 24.4 del
Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, se establece una bonificación de tipo
gradual, desde el 50 hasta el 95 % de la cuota tributaria, en función de las circunstancias
económicas y sociales de los beneficiarios, las cuales deberán ser acreditadas ante los
servicios sociales municipales, emitiendo éstas informes concretando la cuantía de la
bonificación.
4. Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan
quedado definitivamente excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se
realizará previa solicitud del interesado.
5. No se procederá a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en
las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada. En ningún caso la
presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
6. La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación
expresa y formal de lo establecido en las presentes bases.
DUODECIMA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la
Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes
admitidas y excluidas.
En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en la
sede electrónica municipal (http://trujillo.sedelectronica.es) y en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento de Trujillo, se hará pública la lista completa de personas aspirantes admitidos y
excluidos, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
CVE:
BOP-2022-5271
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
Pág. 22660