Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2022-5245)
BOP-2022-5245 Convocatoria empleo publico para cubrir plaza de Administrativo/a por promoción interna.
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3.2. Presentación Instancia.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante.
Asimismo, deberán manifestar expresamente que reúnen todas y cada una de las condiciones
exigidas en la Base Segunda, en la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias.
Al ser el sistema selectivo el concurso-oposición, los méritos del presente proceso selectivo se
alegarán en la solicitud.
Los/as aspirantes deberán aportar junto a la solicitud, copia de los documentos acreditativos de
los méritos alegados, sin necesidad de compulsa de los documentos que se presenten
fotocopiados, bastando la declaración jurada del/la interesado/a sobre la autenticidad de los
mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier
momento, el Tribunal Calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Calzadilla
puedan requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. Se iniciará expediente de
comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite
de audiencia al/la interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma motivada lo que
proceda.
En la Fase de concurso, el Tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o,
en su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la comprobación
de los méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos que falseen o
modifiquen dicha documentación aportada. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la
obligación de presentar la documentación acreditativa de los méritos dentro del plazo de
presentación de solicitudes.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a
los mismos será la de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso
se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente en plazo.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
CUARTA. Admisión de los/as aspirantes.
4.1. Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en
sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda,
CVE:
BOP-2022-5245
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
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