Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2022-5245)
BOP-2022-5245 Convocatoria empleo publico para cubrir plaza de Administrativo/a por promoción interna.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
queda informado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter
personal facilitados.
12.3. El/la opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante
escrito dirigido al Ayuntamiento de Calzadilla - Provincia de Cáceres.
12.4. Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el/la aspirante ha
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser publicados en los medios que
dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la única finalidad del desarrollo del
proceso selectivo correspondiente.
DECIMOTERCERA.- Incidencias.
13.1. La presente convocatoria, en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los/as interesados/as en los
casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
13.2. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso- oposición en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
13.3. Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del/la Empleado/a Público/a, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública
de Extremadura, la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de
las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de
7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe
ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración Local; el
Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de
ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as Funcionarios/as Civiles de
la Administración General del Estado; y demás normas concordantes de general aplicación.
CVE:
BOP-2022-5245
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
Pág. 22541
personal facilitados.
12.3. El/la opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante
escrito dirigido al Ayuntamiento de Calzadilla - Provincia de Cáceres.
12.4. Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que el/la aspirante ha
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser publicados en los medios que
dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la única finalidad del desarrollo del
proceso selectivo correspondiente.
DECIMOTERCERA.- Incidencias.
13.1. La presente convocatoria, en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los/as interesados/as en los
casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
13.2. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso- oposición en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
13.3. Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del/la Empleado/a Público/a, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública
de Extremadura, la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de
las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de
7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe
ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración Local; el
Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de
ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as Funcionarios/as Civiles de
la Administración General del Estado; y demás normas concordantes de general aplicación.
CVE:
BOP-2022-5245
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de noviembre de 2022
N.º 0216
Pág. 22541