Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Escurial. (BOP-2022-5193)
BOP-2022-5193 Aprobación definitiva del Plan de Activación Local 2022-2023.
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- Diputación de Cáceres. (Plan Integra, Plan Empleo EELL, Plan Activa Cultura Deporte,
y cualquier otro que se apruebe con las mismas finalidades en 2023).
- Cualquier Administración que pudiera incorporarse durante su vigencia.
8. TEMPORALIZACIÓN.
Este plan de fomento y activación del empleo local de Escurial tendrá una duración de dos
años, (2022 y 2023), a partir de cuya fecha habrá de revisarse y evaluarse, de cara a la puesta
en marcha de un nuevo plan, que marque la estrategia local para la implementación de
políticas activas de empleo y acciones para la mejora de la ocupabilidad de los/as
desempleados/as del municipio de Escurial.
9. CONTRATACIONES LABORALES.
Todos los fondos que nutren el presente Plan convierten a éste en un Plan Local de Activación
de Empleo en los términos del art. 36 del RDL 3/2015 según redacción del RDL 32/2021.
Por ello, las contrataciones se podrán hacer a través del nuevo “contrato para la mejora de la
ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo”
(DA novena del RDL 3/2015 según redacción del RDL 32/2021) por un período máximo de 12
meses, en los planes cuyas bases reguladoras se han aprobado después del 31 de diciembre
de 2021.
A los programas cuyas bases reguladoras se aprobaron antes de dicha fecha (Plan Integra),
los contratos podrían formalizarse por más de 12 meses si así lo contemplan las bases y con la
duración máxima que establezca el programa (DT segunda RDL 3/2022). El tipo de contrato
será en todos los casos el 405 (jornada completa) o 505 (jornada parcial).
10. COLABORACIÓN CON EL SEXPE.
Las selecciones que así se determinen en las Bases de las convocatorias correspondientes
podrán ser llevadas a cabo a través de solicitud de preselección de demandantes de empleo
dirigida al SEXPE, conforme al art. 96.1 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura.
La utilización de este mecanismo excepcional en la selección del empleo público incluido en el
presente Plan está plenamente justificado en la consecución de los objetivos del mismo, los
cuales sólo pueden garantizarse mediante la utilización de dicho mecanismo legal.
De cada una de las selecciones se constituirá una bolsa de empleo con una duración máxima
CVE:
BOP-2022-5193
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de noviembre de 2022
N.º 0214
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y cualquier otro que se apruebe con las mismas finalidades en 2023).
- Cualquier Administración que pudiera incorporarse durante su vigencia.
8. TEMPORALIZACIÓN.
Este plan de fomento y activación del empleo local de Escurial tendrá una duración de dos
años, (2022 y 2023), a partir de cuya fecha habrá de revisarse y evaluarse, de cara a la puesta
en marcha de un nuevo plan, que marque la estrategia local para la implementación de
políticas activas de empleo y acciones para la mejora de la ocupabilidad de los/as
desempleados/as del municipio de Escurial.
9. CONTRATACIONES LABORALES.
Todos los fondos que nutren el presente Plan convierten a éste en un Plan Local de Activación
de Empleo en los términos del art. 36 del RDL 3/2015 según redacción del RDL 32/2021.
Por ello, las contrataciones se podrán hacer a través del nuevo “contrato para la mejora de la
ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo”
(DA novena del RDL 3/2015 según redacción del RDL 32/2021) por un período máximo de 12
meses, en los planes cuyas bases reguladoras se han aprobado después del 31 de diciembre
de 2021.
A los programas cuyas bases reguladoras se aprobaron antes de dicha fecha (Plan Integra),
los contratos podrían formalizarse por más de 12 meses si así lo contemplan las bases y con la
duración máxima que establezca el programa (DT segunda RDL 3/2022). El tipo de contrato
será en todos los casos el 405 (jornada completa) o 505 (jornada parcial).
10. COLABORACIÓN CON EL SEXPE.
Las selecciones que así se determinen en las Bases de las convocatorias correspondientes
podrán ser llevadas a cabo a través de solicitud de preselección de demandantes de empleo
dirigida al SEXPE, conforme al art. 96.1 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura.
La utilización de este mecanismo excepcional en la selección del empleo público incluido en el
presente Plan está plenamente justificado en la consecución de los objetivos del mismo, los
cuales sólo pueden garantizarse mediante la utilización de dicho mecanismo legal.
De cada una de las selecciones se constituirá una bolsa de empleo con una duración máxima
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de noviembre de 2022
N.º 0214
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