Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2022-5124)
BOP-2022-5124 Subvenciones a Clubes o Asociaciones Deportivas.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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disponiendo del correspondiente C.I.F.
- Que tengan su sede en Valencia de Alcántara y desarrollen sus actividades
principalmente en el Municipio.
- No concurrir en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13.2 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No podrán obtener la condición de beneficiario/a o entidad colaboradora las asociaciones
incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley
Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario/a o entidad colaboradora las
asociaciones deportivas respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento
administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación
de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución
judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.
Artículo 4. Régimen de concesión.
El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Artículo 5. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán conforme al modelo adjunto en Anexo I en el Registro General
del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara, sito en Plaza de la Constitución,1. C.P. 10500, o
en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE DÍAS contado desde el día siguiente a
la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Artículo 6. Documentación a presentar por los/as solicitantes.
Los/as solicitantes habrán de aportar junto con la solicitud (Anexo I), la documentación de
carácter general que a continuación se especifica en original o mediante fotocopia compulsada:
1) Documentación acreditativa de la personalidad del/a solicitante:
CVE:
BOP-2022-5124
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de noviembre de 2022
N.º 0211
Pág. 22111
- Que tengan su sede en Valencia de Alcántara y desarrollen sus actividades
principalmente en el Municipio.
- No concurrir en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13.2 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No podrán obtener la condición de beneficiario/a o entidad colaboradora las asociaciones
incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley
Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario/a o entidad colaboradora las
asociaciones deportivas respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento
administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación
de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución
judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.
Artículo 4. Régimen de concesión.
El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Artículo 5. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán conforme al modelo adjunto en Anexo I en el Registro General
del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara, sito en Plaza de la Constitución,1. C.P. 10500, o
en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE DÍAS contado desde el día siguiente a
la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Artículo 6. Documentación a presentar por los/as solicitantes.
Los/as solicitantes habrán de aportar junto con la solicitud (Anexo I), la documentación de
carácter general que a continuación se especifica en original o mediante fotocopia compulsada:
1) Documentación acreditativa de la personalidad del/a solicitante:
CVE:
BOP-2022-5124
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de noviembre de 2022
N.º 0211
Pág. 22111