Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5039)
BOP-2022-5039 EXTRACTO. Bases XLVIII Premio Cáceres de Novela Corta 2023.
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SEXTA. SELECCIÓN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN.
El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio dentro del mundo literario,
designado por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y contará con un/a Secretario/a,
nombrado/a de entre el personal funcionario de esta Diputación, sin voz ni voto, y tendrá en
cuenta para su valoración la calidad narrativa de los trabajos presentados. La Diputación no
mantendrá correspondencia con los/as autores/as en cualquiera de sus fases del proceso de
selección. Los ficheros, generados electrónicamente, de las obras enviadas que no resulten
ganadoras, y sus correspondiente plicas, serán eliminados de los servidores de la Excma.
Diputación Provincial una vez finalizado todo el proceso. El fallo del Jurado será inapelable y
tendrá lugar antes de que finalice el primer semestre de 2023.
El premio podrá ser declarado desierto. El/a ganador/a del premio estará obligado/a a
presentar, antes de dictarse resolución, fotocopia del NIF, alta de terceros y autorización/es
para que el órgano gestor recabe de oficio por medios telemáticos los certificados actualizados
de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social, así como de encontrarse al corriente con las obligaciones de la Diputación Provincial de
Cáceres (Autorización recogida en la solicitud de participación del concurso) y de no ser
deudores/as en vía ejecutiva por reintegros de subvenciones en el ámbito de esta Diputación.
En caso de no presentar alguna de estas autorizaciones, el/a ganador/a deberá aportar los
certificados actualizados.
Asimismo, los/as finalistas al premio podrán solicitar certificado de dicha condición a los efectos
oportunos.
SÉPTIMA. RESOLUCIÓN.
Los premios serán concedidos por la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres, a propuesta del jurado, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres.
OCTAVA. CESIÓN DE DERECHOS.
El otorgamiento del premio supone que el/a autor/a de la obra galardonada cede en exclusiva
los derechos de la primera edición relativos a la obra premiada a la Diputación Provincial de
Cáceres, reservándose la posibilidad de traducir la obra a otros idiomas, así como para su
reproducción, emisión y difusión por la Diputación Provincial.
CVE:
BOP-2022-5039
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de noviembre de 2022
N.º 0209
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