Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar. (BOP-2022-5031)
BOP-2022-5031 Notificación colectiva de liquidaciones y cobranza Tasas E.D.A.R. primer cuatrimestre 2022.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar
EDICTO. Notificación colectiva de liquidaciones y cobranza Tasas E.D.A.R.
primer cuatrimestre 2022.
Aprobado por Decreto de Alcaldía núm. 2022-0303, de 21 de octubre de 2022, el Padrón
Municipal de la Tasa por la prestación del servicio de saneamiento en alta y depuración de
aguas residuales en Tejeda de Tiétar (Cáceres), correspondiente al primer cuatrimestre del año
2022 (enero, febrero, marzo y abril), se expone al público por plazo de 15 días, a contar desde
el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el B.O.P. de Cáceres, en las
dependencias de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento, a efectos de reclamaciones y para
la notificación colectiva de las liquidaciones incluidas en el mismo, de acuerdo con lo previsto
en el art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Los/as interesados/as podrán interponer en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de la publicación del presente edicto en el B.O.P. de Cáceres, recurso de
reposición previo al contencioso-administrativo de conformidad con el art. 14 del Real Decreto-
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
El plazo para hacer efectivas las cuotas tributarias, en periodo voluntario, será de dos meses, a
contar desde del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el B.O.P. de Cáceres.
Transcurrido dicho plazo las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y
devengarán los recargos de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se
produzcan de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 28 y 161 y siguientes de la Ley
58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria.
El importe de las tasas por la prestación del servicio de saneamiento en alta y depuración de
aguas residuales en Tejeda de Tiétar se ingresará en la siguiente Cuenta Restringida de
Recaudación, de la que es titular el Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar: ES57 2103 7690 9200
3000 1621.
Informar que la empresa AMBLING Ingeniería y Servicios S.L, CIF-B10406601, concesionaria
de la gestión del servicio público de funcionamiento, mantenimiento y conservación de la
CVE:
BOP-2022-5031
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 31 de octubre de 2022
N.º 0208
Pág. 21659
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar
EDICTO. Notificación colectiva de liquidaciones y cobranza Tasas E.D.A.R.
primer cuatrimestre 2022.
Aprobado por Decreto de Alcaldía núm. 2022-0303, de 21 de octubre de 2022, el Padrón
Municipal de la Tasa por la prestación del servicio de saneamiento en alta y depuración de
aguas residuales en Tejeda de Tiétar (Cáceres), correspondiente al primer cuatrimestre del año
2022 (enero, febrero, marzo y abril), se expone al público por plazo de 15 días, a contar desde
el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el B.O.P. de Cáceres, en las
dependencias de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento, a efectos de reclamaciones y para
la notificación colectiva de las liquidaciones incluidas en el mismo, de acuerdo con lo previsto
en el art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Los/as interesados/as podrán interponer en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de la publicación del presente edicto en el B.O.P. de Cáceres, recurso de
reposición previo al contencioso-administrativo de conformidad con el art. 14 del Real Decreto-
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
El plazo para hacer efectivas las cuotas tributarias, en periodo voluntario, será de dos meses, a
contar desde del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el B.O.P. de Cáceres.
Transcurrido dicho plazo las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y
devengarán los recargos de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se
produzcan de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 28 y 161 y siguientes de la Ley
58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria.
El importe de las tasas por la prestación del servicio de saneamiento en alta y depuración de
aguas residuales en Tejeda de Tiétar se ingresará en la siguiente Cuenta Restringida de
Recaudación, de la que es titular el Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar: ES57 2103 7690 9200
3000 1621.
Informar que la empresa AMBLING Ingeniería y Servicios S.L, CIF-B10406601, concesionaria
de la gestión del servicio público de funcionamiento, mantenimiento y conservación de la
CVE:
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Verificable
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Lunes, 31 de octubre de 2022
N.º 0208
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