Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2022-4958)
BOP-2022-4958 Delegación en Concejal atribución celebración matrimonio civil.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Romangordo
ANUNCIO. Delegación en Concejal atribución celebración matrimonio civil.
Esta Alcaldía por Resolución de fecha 19 de Octubre de 2022, ha delegado la atribución para la
celebración del matrimonio civil entre D. IGNACIO VILLALBA BENAVENT y Doña CRISTINA
DAZA SANTOS, cuyo expediente ha sido enviado por la Magistrada Encargada del Registro
Civil Unico de Valencia, la cual se transcribe literalmente a continuación:
“Visto el expediente remitido por la Magistrada Encargada del Registro Civil Unico de Valencia,
por el que por Auto de fecha 15 de Septiembre de 2022 de la misma, se autoriza la celebración
del próximo matrimonio civil entre D. IGNACIO VILLALBA BENAVENT y Doña CRISTINA
DAZA SANTOS, siendo el domicilio del primero la Calle ___, nº ___ de ___ -___ y de la
segunda, la Calle ___, nº ___, de ___ - _____ y conocido su mutuo interés para ser casados
por el Concejal de este Ayuntamiento D. JUAN JESUS MARTIN CONTRERAS.
A tenor de lo establecido en los artículos 49 y 51 del Código Civil, modificados por la Ley
35/1994, de 23 de diciembre, en materia de autorización del matrimonio civil por los Alcaldes
(B.O.E. n.º 307 de 24 de diciembre de 1994) y considerando la facultad de delegación conferida
por el mencionado artículo 51 del Código Civil.
Dado el contenido de la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los
Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes.
Vistas las facultades contenidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de Diciembre,
de medidas para la modernización del gobierno local y el artículo 43 a 45, 52 y 114 del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Por todo cuanto precede, por el presente HE RESUELTO:
PRIMERO.- Delegar en el Concejal de este Ayuntamiento D. JUAN JESUS MARTIN
CONTRERAS, la facultad atribuida a esta Alcaldía por el artículo 51 del Código Civil,
modificado por la Ley 35/1994, de 23 de Diciembre, en materia de autorización del matrimonio
CVE:
BOP-2022-4958
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de octubre de 2022
N.º 0205
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