Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2022-4903)
BOP-2022-4903 Aprobación del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo de Extremadura ALARIFAZGO.
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Artículo 8. Calendario laboral y vacaciones anuales.
Calendario laboral.
La Escuela Profesional Dual “Alarifazgo” se regirá por el calendario laboral que anualmente
elabora la Administración, de tal forma que se considerarán no laborables, además de los días
considerados como tales a nivel nacional y regional, los días establecidos por la entidad
promotora.
Vacaciones anuales.
Todo el personal tendrá derecho a vacaciones anuales retribuidas con duración de veintidós
días hábiles.
El equipo formativo hará coincidir sus vacaciones con la de los alumnos/as trabajadores/as.
Para establecer las mismas se atenderá a las necesidades del servicio en beneficio del
programa que se ejecuta. Las vacaciones no podrán ser sustituidas por compensación
económica alguna.
Artículo 9. Permisos y licencias.
Dirección, docentes, personal de apoyo y alumnos/as-trabajadores/as, previo aviso (de al
menos 48 horas de antelación) y justificación previa o posterior, podrán ausentarse del trabajo,
en las mismas condiciones y supuestos que el personal laboral del Ayuntamiento de Almaraz.
En todo caso los días de libre disposición:
Deberán solicitarse por escrito en plazo no inferior a tres días, según modelo facilitado
por la Dirección del proyecto y en ningún caso podrán acumularse a periodos
vacacionales.
La Dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada
peticiones que superen el 50% de la plantilla del taller o al entender que lesionan
gravemente el funcionamiento del mismo.
Artículo 10. Normas generales.
1. Justificación documental de ausencia del programa.
El/la alumno/a-trabajador/a no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser
autorizado, debiendo justificar toda ausencia a la Escuela con los documentos
pertinentes.
CVE:
BOP-2022-4903
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de octubre de 2022
N.º 0203
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