Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Abertura. (BOP-2022-4902)
BOP-2022-4902 Bases concurso Profersor Educación Adultos.
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G.
quedará supeditada a que haya el número suficiente de alumnos/as para desarrollar
los programas objeto de esta convocatoria.
El personal seleccionado desempeñará las tareas de docente en la localidad de
Abertura.
TERCERO. - REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA.
Para poder optar a la plaza se deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.- Estar en situación de demandante de empleo o de mejora de empleo en el momento de la
contratación. Con respecto a demandantes de mejora de empleo se estará a lo dispuesto en la
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas.
2.- Estar en posesión del carné de conducir y disponibilidad de conducción o en su defecto,
acreditar por escrito la posibilidad de realizar los desplazamientos con motivo del desempeño
de sus funciones, por sus propios medios.
3.- No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e identidad
sexual.
4.- No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.
5.- Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de tratados internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge
de los/as españoles/as y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los/as nacionales de
algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as, siempre que
no estén separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar
sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes.
6.- Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
CVE:
BOP-2022-4902
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de octubre de 2022
N.º 0203
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