Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-4899)
BOP-2022-4899 Convocatoria para la provisión de 3 plazas de Auxiliares Administrativos/as. Proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
Los aspirantes deberán aportar junto a la solicitud, copia de los documentos acreditativos
de los méritos alegados, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los
mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier
momento. el Tribunal Calificador o los órganos competentes de la Diputación Provincial de
Cáceres puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. Se iniciará expediente de
comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de
audiencia al interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
Deberán relacionarse los méritos en las solicitudes de participación. La fecha límite para la
valoración de los méritos será la de publicación de las convocatorias en el BOE. En ningún caso
se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no acreditados documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud
podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.3. Tasa por derechos de examen:
Los derechos de esamen se abonarán mediante tarjeta de crédito a tráves de la pasarela
de paLos derechos de esamen se abonarán a tráves de la pasarela de pago a la que se accede
automáticamente una vez completada la solicitud de inscripción, previa a la firma electrónica
También podrán abonarse mediante transferencia bancaria acompañando a la instancia el
resguardo que justifique haber satisfecho en la entidad UNICAJA BANCO ES68 2103 7412 2600
3000 4395 la cantidad de 15 € en concepto de derechos de examen (BOP n.º 194, de 8-10-
2014), donde deberá indicarse en el ingreso a qué convocatoria corresponde, excepto en lo
referido a las causas de excención de las tasas de los apartados siguientes.
Esta cantidad que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso
de “Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta de
los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.
3.3.1. Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el
disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente del
Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
3.3.2 Bonificación de la tasa:
CSV: CEATRAJTL0OHY006ZMGQHDEZLKAULDZNFRI Fecha expedición: 18/10/2022 Página: 4/23
Este documento no será válido sin la referencia electrónica. La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Electrónico de
Autenticidad en la Sede Electrónica de la Diputación de Cáceres, a través del Servicio de Verificación de Integridad de Documentos. 4 de 23
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF20V640IV80G4X66MOK7AUGAMXV85N7
DIPCC-PF20V640IV80G4X66MOK7AUGAMXV85N7
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
MARIA
BELEN
GUIRAU
MORALES
-
VICESECRETARIA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
CARLOS
CARLOS
RODRIGUEZ
Firmantes:
L02000010
19/10/2022
10:22
6/25
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2022-4899
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de octubre de 2022
N.º 0203
Pág. 20794
Los aspirantes deberán aportar junto a la solicitud, copia de los documentos acreditativos
de los méritos alegados, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los
mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier
momento. el Tribunal Calificador o los órganos competentes de la Diputación Provincial de
Cáceres puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. Se iniciará expediente de
comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de
audiencia al interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
Deberán relacionarse los méritos en las solicitudes de participación. La fecha límite para la
valoración de los méritos será la de publicación de las convocatorias en el BOE. En ningún caso
se valorarán méritos no relacionados en la solicitud o no acreditados documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud
podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.3. Tasa por derechos de examen:
Los derechos de esamen se abonarán mediante tarjeta de crédito a tráves de la pasarela
de paLos derechos de esamen se abonarán a tráves de la pasarela de pago a la que se accede
automáticamente una vez completada la solicitud de inscripción, previa a la firma electrónica
También podrán abonarse mediante transferencia bancaria acompañando a la instancia el
resguardo que justifique haber satisfecho en la entidad UNICAJA BANCO ES68 2103 7412 2600
3000 4395 la cantidad de 15 € en concepto de derechos de examen (BOP n.º 194, de 8-10-
2014), donde deberá indicarse en el ingreso a qué convocatoria corresponde, excepto en lo
referido a las causas de excención de las tasas de los apartados siguientes.
Esta cantidad que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso
de “Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta de
los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.
3.3.1. Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el
disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente del
Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
3.3.2 Bonificación de la tasa:
CSV: CEATRAJTL0OHY006ZMGQHDEZLKAULDZNFRI Fecha expedición: 18/10/2022 Página: 4/23
Este documento no será válido sin la referencia electrónica. La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Electrónico de
Autenticidad en la Sede Electrónica de la Diputación de Cáceres, a través del Servicio de Verificación de Integridad de Documentos. 4 de 23
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF20V640IV80G4X66MOK7AUGAMXV85N7
DIPCC-PF20V640IV80G4X66MOK7AUGAMXV85N7
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
MARIA
BELEN
GUIRAU
MORALES
-
VICESECRETARIA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
CARLOS
CARLOS
RODRIGUEZ
Firmantes:
L02000010
19/10/2022
10:22
6/25
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2022-4899
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de octubre de 2022
N.º 0203
Pág. 20794