Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-4898)
BOP-2022-4898 Convocatoria para la provisión de 2 plazas de Administrativos/as, proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las
prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y
similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas:
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada actividad
formativa.
Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10
horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con
0,10 puntos.
Por impartir cursos o actividades formativas: Máximo 0,50 puntos:
Actividades formativas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada actividad formativa.
Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas impartidos por los aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con
0,10 puntos.
La valoración de este mérito deberá acreditarse mediante original o copia de la certificación
que exprese que se ha participado como docente en una determinada actividad formativa y en la
que se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las prácticas, las
colaboraciones, ni las tutorías.
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren tanto
las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración,
siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más horas de duración.
B.2. Titulación: Máximo 0,5 puntos.
Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 0,50 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
CSV: CEATRASKD04P1004Z3JKU3PKCHQMK5TNP4I Fecha expedición: 14/10/2022 Página: 14/24
Este documento no será válido sin la referencia electrónica. La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Electrónico de
Autenticidad en la Sede Electrónica de la Diputación de Cáceres, a través del Servicio de Verificación de Integridad de Documentos. 14 de 24
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF206M0BY30RSXLIRG1Z9BCEGMINJGO5
DIPCC-PF206M0BY30RSXLIRG1Z9BCEGMINJGO5
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
MARIA
BELEN
GUIRAU
MORALES
-
VICESECRETARIA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
CARLOS
CARLOS
RODRIGUEZ
Firmantes:
L02000010
19/10/2022
10:29
16/26
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2022-4898
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de octubre de 2022
N.º 0203
Pág. 20779
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos.
No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las
prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y
similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante
cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas:
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada actividad
formativa.
Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10
horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con
0,10 puntos.
Por impartir cursos o actividades formativas: Máximo 0,50 puntos:
Actividades formativas de menos de 10 horas: 0,10 puntos por cada actividad formativa.
Se valorarán con 0,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas impartidos por los aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con
0,10 puntos.
La valoración de este mérito deberá acreditarse mediante original o copia de la certificación
que exprese que se ha participado como docente en una determinada actividad formativa y en la
que se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las prácticas, las
colaboraciones, ni las tutorías.
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren tanto
las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración,
siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más horas de duración.
B.2. Titulación: Máximo 0,5 puntos.
Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 0,50 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
CSV: CEATRASKD04P1004Z3JKU3PKCHQMK5TNP4I Fecha expedición: 14/10/2022 Página: 14/24
Este documento no será válido sin la referencia electrónica. La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Electrónico de
Autenticidad en la Sede Electrónica de la Diputación de Cáceres, a través del Servicio de Verificación de Integridad de Documentos. 14 de 24
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF206M0BY30RSXLIRG1Z9BCEGMINJGO5
DIPCC-PF206M0BY30RSXLIRG1Z9BCEGMINJGO5
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
MARIA
BELEN
GUIRAU
MORALES
-
VICESECRETARIA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
CARLOS
CARLOS
RODRIGUEZ
Firmantes:
L02000010
19/10/2022
10:29
16/26
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2022-4898
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de octubre de 2022
N.º 0203
Pág. 20779