Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2022-4837)
BOP-2022-4837 Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a Asociaciones y Entidades Deportivas de Alcántara, ejercicio 2022.
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4. Memoria general de actividades a desarrollar por la entidad, (Anexo I C).: En el proyecto o
programa de actividades deberá figurar, al menos, lo siguiente:
Denominación del proyecto, programa o actividad – Objetivos – Cuantía de la subvención
solicitada.
Programa detallado de actividades y lugar de celebración, fechas y horarios.
Destinatarios/as – Instalaciones – Recursos humanos propios y/o ajenos, y relación nominal de
los mismos.
Recursos materiales.
Número de socios/as.
5. Presupuesto de gastos e ingresos desglosado por conceptos para la realización de las
actividades (Anexo I D).
6. Certificado del/la secretario/a de la Entidad que acredite el poder de representación del/la
Presidente/a, así como que la sede social está en Alcántara. (Anexo I E).
7. Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el
Ayuntamiento (lo comprobará de oficio el propio Ayuntamiento), Comunidad Autónoma y
Estado, y frente a la Seguridad Social o en su caso de no estar obligados a tributar.
8. Acuerdo adoptado por la entidad para solicitar la subvención. (CERTIFICADO DE
SECRETARIO/A).
9. Fotocopia compulsada del CIF de la entidad solicitante y del DNI de su Representante.
Original o fotocopia compulsada de los Estatutos y de la Resolución que acredite su inscripción
en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En caso de no reunir la solicitud los requisitos mencionados anteriormente, se requerirá al
interesado para que en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido
de su petición, previa resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento, a lo largo del procedimiento, podrá
instarse a la entidad solicitante para que cumplimente cualquier otro requisito o trámite, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 73 de la citada de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
concediendo a tal efecto un plazo de 10 días hábiles a partir de la notificación, con expresa
CVE:
BOP-2022-4837
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de octubre de 2022
N.º 0200
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