Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejón El Rubio. (BOP-2022-4761)
BOP-2022-4761 Aprobación inicial de la Ordenanza Municipal reguladora del servicio de taxi.
16 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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● La altura interior libre mínima en la zona a ocupar por la silla de ruedas será
de 140 cm.
● La puerta de acceso para la silla de ruedas tendrá unas dimensiones
mínimas de 135cm de altura y 80 cm de anchura.
● Cuando el sistema de apertura sea batiente abrirá al menos 90º y dispondrá
de los mecanismos adecuados para impedir su cierre accidental.
● Existirán anclajes ajustables para la silla de ruedas y cinturón de seguridad
para el/la usuario/a con al menos tres puntos de anclaje, ambos se podrán
quitar autónomamente en caso de emergencia.
● Dispondrá de rampas (automáticas o manuales) o de plataformas elevadoras
en la puerta (o puertas) en que se prevea realizar el embarque y
desembarque de sillas de ruedas.
Las rampas escamoteables automáticas cumplirán las especificaciones siguientes:
● El/la encargado/a de su funcionamiento será el/la conductor/a del vehículo.
● Dispondrá de un dispositivo que la haga retroceder si en el despliegue
la rampa se encuentra con un obstáculo.
● Su anchura será igual a la luz libre del hueco de la puerta en que se instale.
● La puerta en que se halle instalada la rampa se señalizará con el símbolo
internacionalde accesibilidad.
● Capacidad de carga mínima: 250 Kg.
Las rampas desmontables cumplirán las especificaciones siguientes:
● Se transportará permanentemente en el vehículo.
● El piso de la plataforma será antideslizante.
● Capacidad de carga mínima: 250 Kg.
Anchos mínimos libres en planta:
● Si la rampa consta de un solo elemento: 80 cm de anchura.
● Si la rampa consta de dos elementos: 25 cm de anchura mínima, cada
uno de ellos estando separados no más de 30 cm.
● Todos los elementos tendrán zócalos laterales de protección de al
menos 5 cm dealtura.
CVE:
BOP-2022-4761
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de octubre de 2022
N.º 0196
Pág. 20205
● La altura interior libre mínima en la zona a ocupar por la silla de ruedas será
de 140 cm.
● La puerta de acceso para la silla de ruedas tendrá unas dimensiones
mínimas de 135cm de altura y 80 cm de anchura.
● Cuando el sistema de apertura sea batiente abrirá al menos 90º y dispondrá
de los mecanismos adecuados para impedir su cierre accidental.
● Existirán anclajes ajustables para la silla de ruedas y cinturón de seguridad
para el/la usuario/a con al menos tres puntos de anclaje, ambos se podrán
quitar autónomamente en caso de emergencia.
● Dispondrá de rampas (automáticas o manuales) o de plataformas elevadoras
en la puerta (o puertas) en que se prevea realizar el embarque y
desembarque de sillas de ruedas.
Las rampas escamoteables automáticas cumplirán las especificaciones siguientes:
● El/la encargado/a de su funcionamiento será el/la conductor/a del vehículo.
● Dispondrá de un dispositivo que la haga retroceder si en el despliegue
la rampa se encuentra con un obstáculo.
● Su anchura será igual a la luz libre del hueco de la puerta en que se instale.
● La puerta en que se halle instalada la rampa se señalizará con el símbolo
internacionalde accesibilidad.
● Capacidad de carga mínima: 250 Kg.
Las rampas desmontables cumplirán las especificaciones siguientes:
● Se transportará permanentemente en el vehículo.
● El piso de la plataforma será antideslizante.
● Capacidad de carga mínima: 250 Kg.
Anchos mínimos libres en planta:
● Si la rampa consta de un solo elemento: 80 cm de anchura.
● Si la rampa consta de dos elementos: 25 cm de anchura mínima, cada
uno de ellos estando separados no más de 30 cm.
● Todos los elementos tendrán zócalos laterales de protección de al
menos 5 cm dealtura.
CVE:
BOP-2022-4761
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de octubre de 2022
N.º 0196
Pág. 20205