Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2022-4659)
BOP-2022-4659 EXTRACTO. Convocatoria de subvenciones para Asociaciones Locales 2022.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:
- Cualquier actividad cultural programada relacionada con las artes, las ciencias, las
letras, especialmente las de animación sociocultural, destinadas al fomento de la
creatividad de artistas locales y la participación de la comunidad vecinal.
- Actividades de animación socio-cultural. Programas destinados a la juventud,
concursos, exposiciones y otras actividades de animación.
- Programas de información y asesoramiento que faciliten la inserción social y
recuperación de los/as jóvenes en el ámbito de la delincuencia, drogodependencia o la
sexualidad.
- Actividades de verano y tiempo libre.
- Actividades dirigidas a la formación de los/as alumnos/as en actividades extraescolares
o aquellas que se realicen dentro de semanas culturales, que tengan en cuenta la
promoción de la educación y protección del alumnado.
- Gastos derivados de actividades informativas-formativas, organización de actos
públicos (jornadas, seminarios, días mundiales).
- Actividades encaminadas a la promoción de la mujer en los ámbitos social, laboral,
cultural, así como su protección encaminada a la consecución de la igualdad en todos
los aspectos de su vida.
- Gastos derivados del mantenimiento de las sedes de la asociaciones.
- Gastos de material fungible necesario para la realización de la actividad, tales como
material de oficina, gastos de correo, teléfono y otros similares que respondan de
manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada.
No serán objeto de subvención:
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Los gastos de procedimientos judiciales.
c) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
d) Los impuestos personales sobre la renta.
CVE:
BOP-2022-4659
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de octubre de 2022
N.º 0193
Pág. 19885
- Cualquier actividad cultural programada relacionada con las artes, las ciencias, las
letras, especialmente las de animación sociocultural, destinadas al fomento de la
creatividad de artistas locales y la participación de la comunidad vecinal.
- Actividades de animación socio-cultural. Programas destinados a la juventud,
concursos, exposiciones y otras actividades de animación.
- Programas de información y asesoramiento que faciliten la inserción social y
recuperación de los/as jóvenes en el ámbito de la delincuencia, drogodependencia o la
sexualidad.
- Actividades de verano y tiempo libre.
- Actividades dirigidas a la formación de los/as alumnos/as en actividades extraescolares
o aquellas que se realicen dentro de semanas culturales, que tengan en cuenta la
promoción de la educación y protección del alumnado.
- Gastos derivados de actividades informativas-formativas, organización de actos
públicos (jornadas, seminarios, días mundiales).
- Actividades encaminadas a la promoción de la mujer en los ámbitos social, laboral,
cultural, así como su protección encaminada a la consecución de la igualdad en todos
los aspectos de su vida.
- Gastos derivados del mantenimiento de las sedes de la asociaciones.
- Gastos de material fungible necesario para la realización de la actividad, tales como
material de oficina, gastos de correo, teléfono y otros similares que respondan de
manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada.
No serán objeto de subvención:
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Los gastos de procedimientos judiciales.
c) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
d) Los impuestos personales sobre la renta.
CVE:
BOP-2022-4659
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de octubre de 2022
N.º 0193
Pág. 19885