Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2022-4653)
BOP-2022-4653 Bases convocatoria puesto de Psicólogo/a para el punto de atención a victimas de violencia de género.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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SÉPTIMO: INCIDENCIAS:
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación
del Tribunal, se podrá interponer impugnaciones por los/las interesados/as en los casos y en
las formas establecidas por la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Común de las
Administraciones Públicas.
Todo esto sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que considere pertinente.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden de la oposición en aquellos
aspectos no contemplados en estas bases, el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2015 de 30 de Octubre; la ley 7/1985
de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; El Real Decreto Legislativo 781/1986
de 18 de Abril por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local; el Decreto 201/1995 de 26 de Diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995 de 10 de
Marzo.
Las presentes bases están a disposición de los interesados en la secretaría de este
Ayuntamiento para su consulta y en la página web: www.jarandilladelavera.es
En Jarandilla de la Vera a 3 de Octubre de 2022
Fdo: María Concepción Encinar Cañadas
Alcaldesa en funciones
6
Cód.
Validación:
46CFZK9PFQR37PRJJJF9H24S2
|
Verificación:
https://jarandilladelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
6
de
8
CVE:
BOP-2022-4653
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 7 de octubre de 2022
N.º 0193
Pág. 19875
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación
del Tribunal, se podrá interponer impugnaciones por los/las interesados/as en los casos y en
las formas establecidas por la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Común de las
Administraciones Públicas.
Todo esto sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que considere pertinente.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden de la oposición en aquellos
aspectos no contemplados en estas bases, el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2015 de 30 de Octubre; la ley 7/1985
de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; El Real Decreto Legislativo 781/1986
de 18 de Abril por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local; el Decreto 201/1995 de 26 de Diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995 de 10 de
Marzo.
Las presentes bases están a disposición de los interesados en la secretaría de este
Ayuntamiento para su consulta y en la página web: www.jarandilladelavera.es
En Jarandilla de la Vera a 3 de Octubre de 2022
Fdo: María Concepción Encinar Cañadas
Alcaldesa en funciones
6
Cód.
Validación:
46CFZK9PFQR37PRJJJF9H24S2
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Verificación:
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Viernes, 7 de octubre de 2022
N.º 0193
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