Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2022-4653)
BOP-2022-4653 Bases convocatoria puesto de Psicólogo/a para el punto de atención a victimas de violencia de género.
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BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN-UNA
PSICÓLOGO-A GENERAL SANITARIO ADSCRITO AL PROGRAMA DE ATENCIÓN
PSICOLÓGICA A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO PARA SU
CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL.
Por resolución de Alcaldía de fecha 29 de Septiembre de 2022 se ha dispuesto convocar
pruebas selectivas para la contratación laboral, por el sistema de concurso-oposición libre, una
Plaza de Psicólogo/a con acreditación de Psicólogo/ General Sanitario conforme a la siguientes
Bases:
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
Es objeto de la presente convocatoria la selección de un/a Psicólogo/a General Sanitario en
régimen de contratación laboral a tiempo completo, adscrito al Programa de Atención
psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género.
El período de contratación será desde la fecha de contratación hasta el 31 de Diciembre de
2023
SEGUNDA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Para tomar parte del proceso selectivo será necesario reunir en la fecha de expiración del
plazo señalado para la presentación de instancias, las siguientes condiciones:
a) Ser español/la o nacional de uno de los restantes miembros de la Unión Europea o de
aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en
los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Psicología y haber obtenido el título de Máster en
Psicología Sanitaria o el de Psicólogo/a especialista en Psicología Clínica, o la
inscripción de Psicólogo/a de un centro sanitario inscrito en el Registro de Centros,
Servicios y Establecimientos Sanitarios, que le/la habilite para realizar actividades
sanitarias.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida en el normal ejercicio de la
función.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier
Administración Pública o Empleo Público, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
las funciones públicas mediante sentencia firme.
f) Los nacionales de los demás estados a que hace referencia el apartado a) deberán
acreditar, además de su nacionalidad y de los requisitos a que hacen referencia los
apartados anteriores, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que
impida, en su Estado, el acceso a la función pública. Dicha acreditación se efectuará
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Cód.
Validación:
46CFZK9PFQR37PRJJJF9H24S2
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Verificación:
https://jarandilladelavera.sedelectronica.es/
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desde
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Viernes, 7 de octubre de 2022
N.º 0193
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