Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-4508)
BOP-2022-4508 Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
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desarrolla, por el que se regulan los establecimientos de asistencia social geriátricas, en su
artículo 13.2 establece que una vez visado y aprobado es obligatorio exponer el Reglamento en
el Tablón de Anuncios del Centro, darlo a conocer de forma clara e inteligible tanto a los/as
usuarios/as como al personal y entregar una copia a cada usuario/a, en el momento de ingreso
en el Centro Residencial.
B) TÍTULO PRELIMINAR.
El Centro Residencial Mixto de Mayores de Ceclavín cuenta con un total de 12 plazas en el
Centro Residencial de Mayores y 26 plazas en el Centro de Día, sin perjuicio de que este
número pueda cambiar en un futuro por necesidades del servicio.
Artículo 1. Prestará los servicios a las personas autónomas que necesiten ayuda para la
realización de las actividades básicas de su vida diaria, a personas dependientes o
dependientes tendentes a cubrir todas las necesidades de las personas en este régimen de
asistencia y está destinado igualmente a prestar servicios de centro de día: hospedaje,
alimentación, lavandería. Todos los servicios que se presten en el Centro deberán acomodarse
en todas sus condiciones al uso residencial, como razón de ser y finalidad principal del mismo.
Artículo 2. Al Centro Residencial Mixto de Mayores de Ceclavín, al Ayuntamiento de la
localidad y en su caso al/a gestor/a del servicio, le corresponde velar por la observancia de las
normas establecidas en este Reglamento, así como, en general, supervisar todos los servicios
del Centro y, en su caso, tomar las medidas necesarias para asegurar el buen funcionamiento
del mismo, de forma que éste se adapte a las necesidades de las personas usuarias y a las
normas que sean de aplicación.
Artículo 3. Este Reglamento de Régimen Interno, que será aprobado por la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura (SEPAD), se entregará un ejemplar a
los/as usuarios/as en el momento de su ingreso en el Centro y será de aplicación a todas las
personas residentes en el Centro, así como al personal que preste sus servicios en el mismo,
en lo que sea de aplicación. Así mismo tendrá que ser observado por los/as visitantes en todo
aquello que les afecte.
II.INGRESO EN EL CENTRO, SOLICITUDES Y SISTEMA DE ADMISIONES Y BAJAS DEL
CENTRO RESIDENCIAL MIXTO Y CENTRO DE DÍA.
A) SOLICITUDES E INGRESO.
Artículo 4. Las solicitudes de ingreso, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento
de Ceclavín, pudiendo hacerlo durante todo el año natural y por cualquiera de los medios
CVE:
BOP-2022-4508
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de septiembre de 2022
N.º 0188
Pág. 19388
artículo 13.2 establece que una vez visado y aprobado es obligatorio exponer el Reglamento en
el Tablón de Anuncios del Centro, darlo a conocer de forma clara e inteligible tanto a los/as
usuarios/as como al personal y entregar una copia a cada usuario/a, en el momento de ingreso
en el Centro Residencial.
B) TÍTULO PRELIMINAR.
El Centro Residencial Mixto de Mayores de Ceclavín cuenta con un total de 12 plazas en el
Centro Residencial de Mayores y 26 plazas en el Centro de Día, sin perjuicio de que este
número pueda cambiar en un futuro por necesidades del servicio.
Artículo 1. Prestará los servicios a las personas autónomas que necesiten ayuda para la
realización de las actividades básicas de su vida diaria, a personas dependientes o
dependientes tendentes a cubrir todas las necesidades de las personas en este régimen de
asistencia y está destinado igualmente a prestar servicios de centro de día: hospedaje,
alimentación, lavandería. Todos los servicios que se presten en el Centro deberán acomodarse
en todas sus condiciones al uso residencial, como razón de ser y finalidad principal del mismo.
Artículo 2. Al Centro Residencial Mixto de Mayores de Ceclavín, al Ayuntamiento de la
localidad y en su caso al/a gestor/a del servicio, le corresponde velar por la observancia de las
normas establecidas en este Reglamento, así como, en general, supervisar todos los servicios
del Centro y, en su caso, tomar las medidas necesarias para asegurar el buen funcionamiento
del mismo, de forma que éste se adapte a las necesidades de las personas usuarias y a las
normas que sean de aplicación.
Artículo 3. Este Reglamento de Régimen Interno, que será aprobado por la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura (SEPAD), se entregará un ejemplar a
los/as usuarios/as en el momento de su ingreso en el Centro y será de aplicación a todas las
personas residentes en el Centro, así como al personal que preste sus servicios en el mismo,
en lo que sea de aplicación. Así mismo tendrá que ser observado por los/as visitantes en todo
aquello que les afecte.
II.INGRESO EN EL CENTRO, SOLICITUDES Y SISTEMA DE ADMISIONES Y BAJAS DEL
CENTRO RESIDENCIAL MIXTO Y CENTRO DE DÍA.
A) SOLICITUDES E INGRESO.
Artículo 4. Las solicitudes de ingreso, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento
de Ceclavín, pudiendo hacerlo durante todo el año natural y por cualquiera de los medios
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BOP-2022-4508
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de septiembre de 2022
N.º 0188
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