Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-4508)
BOP-2022-4508 Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El número de representantes de este órgano directivo será siempre impar.
La convocatoria de la Comisión se realizará por el/a Presidente/a de la misma, a iniciativa
propia o cuando lo solicite la mitad, al menos, de los/as vocales. En todo caso la Comisión se
reunirá con carácter ordinario una vez al semestre, y con carácter extraordinario, cuantas veces
se considere necesario, siempre que exista mayoría simple o lo soliciten lo escrito el 25% de
los/as residentes, y su convocatoria se efectuará con 48 horas de antelación, salvo los casos
de especial urgencia. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple, dirimiendo en caso de
empate, el voto de calidad del/a Presidente/a de la Comisión.
Para su válida constitución será necesario que asistan en primera convocatoria la mitad más
uno/a de sus miembros y en segunda convocatoria, 48 horas después, quedará válidamente
constituida cualquiera que sea el número de asistentes.
Se levantará acta de las sesiones, en la que figurarán los/as asistentes a la reunión, desarrollo
del orden del día y acuerdos adoptados.
Artículo 54. Son facultades de la Comisión:
Hacer cumplir las condiciones establecidas en el presente Reglamento Interno.
Recibir propuestas relativas a la mejora de los servicios que presentan en el Centro.
Recibir de los/as usuarios/as las anomalías e irregularidades observadas por los mismo
en el Centro, tanto relativas a las instalaciones / Servicios como las relaciones entre
usuarios/as y entre éstos y el personal del Centro.
Elaboración de las normas que rigen el funcionamiento interno de los diferentes
servicios del Centro.
Elaborar programas anuales de actividades.
Planteamiento y resolución de posibles problemas que pudieran surgir en el Centro, con
el objeto de procurar y mejorar el buen funcionamiento del Centro.
Velar por unas relaciones de convivencias participativas y democráticas entre los/as
usuarios/as.
Estimular la solidaridad entre los/as residentes.
La Comisión, mediante acuerdo, podrá delegar al personal técnico de los Servicios
Sociales de Base de la Mancomunidad de Municipios Rivera de Fresnedosa, dentro de
las competencias del ejercicio de su profesión, entre otras la tramitación de expedientes
de:
- Ingresos.
- Bajas.
CVE:
BOP-2022-4508
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de septiembre de 2022
N.º 0188
Pág. 19415
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El número de representantes de este órgano directivo será siempre impar.
La convocatoria de la Comisión se realizará por el/a Presidente/a de la misma, a iniciativa
propia o cuando lo solicite la mitad, al menos, de los/as vocales. En todo caso la Comisión se
reunirá con carácter ordinario una vez al semestre, y con carácter extraordinario, cuantas veces
se considere necesario, siempre que exista mayoría simple o lo soliciten lo escrito el 25% de
los/as residentes, y su convocatoria se efectuará con 48 horas de antelación, salvo los casos
de especial urgencia. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple, dirimiendo en caso de
empate, el voto de calidad del/a Presidente/a de la Comisión.
Para su válida constitución será necesario que asistan en primera convocatoria la mitad más
uno/a de sus miembros y en segunda convocatoria, 48 horas después, quedará válidamente
constituida cualquiera que sea el número de asistentes.
Se levantará acta de las sesiones, en la que figurarán los/as asistentes a la reunión, desarrollo
del orden del día y acuerdos adoptados.
Artículo 54. Son facultades de la Comisión:
Hacer cumplir las condiciones establecidas en el presente Reglamento Interno.
Recibir propuestas relativas a la mejora de los servicios que presentan en el Centro.
Recibir de los/as usuarios/as las anomalías e irregularidades observadas por los mismo
en el Centro, tanto relativas a las instalaciones / Servicios como las relaciones entre
usuarios/as y entre éstos y el personal del Centro.
Elaboración de las normas que rigen el funcionamiento interno de los diferentes
servicios del Centro.
Elaborar programas anuales de actividades.
Planteamiento y resolución de posibles problemas que pudieran surgir en el Centro, con
el objeto de procurar y mejorar el buen funcionamiento del Centro.
Velar por unas relaciones de convivencias participativas y democráticas entre los/as
usuarios/as.
Estimular la solidaridad entre los/as residentes.
La Comisión, mediante acuerdo, podrá delegar al personal técnico de los Servicios
Sociales de Base de la Mancomunidad de Municipios Rivera de Fresnedosa, dentro de
las competencias del ejercicio de su profesión, entre otras la tramitación de expedientes
de:
- Ingresos.
- Bajas.
CVE:
BOP-2022-4508
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de septiembre de 2022
N.º 0188
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