Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2022-4479)
BOP-2022-4479 Convocatoria y Bases del proceso selectivo convocado para proveer una plaza de Psicólogo/a.
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–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas -LPACAP-.
–Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público -LRJSP-.
–Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido
de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local -TRRL-.
–Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
- Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura -LFPE-.
TERCERA.- REQUISITOS DE DEBEN REUNIR LOS/AS ASPIRANTES.
Para tomar parte en este proceso selectivo será necesario reunir en la fecha de expiración del
plazo señalado para la presentación de instancias, las siguientes condiciones.
A) Tener nacionalidad española o ser nacional de unos de los restantes Estados
miembros de la Unión Europea, a su cónyuge, siempre que no estén separados/as de
derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge, si no están separados/as de
derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Los/as
extranjeros/as incluidos/as en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación
la libre circulación de los/as trabajadores/as, así como los/as extranjeros/as con
residencia legal en España, podrán acceder a las Administraciones Públicas, como
personal laboral, en igualdad de condiciones que los/as españoles/as.
B) Tener cumplido los 16 años de edad y no exceder de la edad legal de jubilación.
C) Estar en posesión del título de Psicología (Licenciatura o Grado), y haber obtenido el
título de Máster en Psicología Sanitaria o el de Psicólogo/a especialista en Psicología
Clínica, o la inscripción de Psicólogo/a de un centro sanitario inscrito en el Registro de
Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios, que le/la habilite para realizar
actividades sanitarias.
D) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
E) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
CVE:
BOP-2022-4479
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de septiembre de 2022
N.º 0187
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