Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2022-4467)
BOP-2022-4467 Convocatoria para la concesión de Subvenciones para las actividades a desarrollar por las Asociaciones de Mayores de Plasencia 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El proyecto deberá estar cuantificado y presupuestado.
Declaración responsable, otorgada ante autoridad administrativa o notario/a público/a y
suscrita por el/a Presidente/a de la Asociación o Entidad, en el que se haga constar que
la misma no se halla incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los
apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como
que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad social, impuestas por las disposiciones vigentes.
Documentación justificativa de la aplicación dada a las subvenciones concedidas por el
Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, en el ejercicio anterior.
QUINTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro General del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo de veinte días hábiles a contar
desde el siguiente a la publicación por la Base de Datos Nacional de Subvenciones del extracto
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde
del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
Las asociaciones o entidades interesadas podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en
la página WEB de la Base de Datos Nacional de Subvenciones dependiente de la Intervención
General del Estado, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá a la persona interesada para
que subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de 10
días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido/a de su solicitud.
SEXTA. PROCEDIMIENTO. RESOLUCIÓN Y PAGO DE LA SUBVENCION.
El procedimiento de concesión será el previsto en 23 y siguientes de la Ley General de
Subvenciones, así como en los artículos 17 y siguientes de la Ordenanza por la que se regula
el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por el Excmo.
Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2006.
La Instructora del procedimiento será la Concejala de Mayores, Infancia, Familia, Igualdad y
Movilidad, Dª. María Teresa Díaz Hernández.
Corresponden al órgano instructor las siguientes funciones:
Petición de los informes que se estimen necesarios.
CVE:
BOP-2022-4467
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de septiembre de 2022
N.º 0186
Pág. 19259
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El proyecto deberá estar cuantificado y presupuestado.
Declaración responsable, otorgada ante autoridad administrativa o notario/a público/a y
suscrita por el/a Presidente/a de la Asociación o Entidad, en el que se haga constar que
la misma no se halla incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los
apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como
que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad social, impuestas por las disposiciones vigentes.
Documentación justificativa de la aplicación dada a las subvenciones concedidas por el
Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, en el ejercicio anterior.
QUINTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro General del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo de veinte días hábiles a contar
desde el siguiente a la publicación por la Base de Datos Nacional de Subvenciones del extracto
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde
del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
Las asociaciones o entidades interesadas podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en
la página WEB de la Base de Datos Nacional de Subvenciones dependiente de la Intervención
General del Estado, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá a la persona interesada para
que subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de 10
días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido/a de su solicitud.
SEXTA. PROCEDIMIENTO. RESOLUCIÓN Y PAGO DE LA SUBVENCION.
El procedimiento de concesión será el previsto en 23 y siguientes de la Ley General de
Subvenciones, así como en los artículos 17 y siguientes de la Ordenanza por la que se regula
el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por el Excmo.
Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2006.
La Instructora del procedimiento será la Concejala de Mayores, Infancia, Familia, Igualdad y
Movilidad, Dª. María Teresa Díaz Hernández.
Corresponden al órgano instructor las siguientes funciones:
Petición de los informes que se estimen necesarios.
CVE:
BOP-2022-4467
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de septiembre de 2022
N.º 0186
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