Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herguijuela. (BOP-2022-4427)
BOP-2022-4427 Pliego Arrendamiento de Pastos "San Roque".
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- Don Ángel-Alberto Marrodán Castaño, actuará como Secretario de la Mesa, con voz y
voto.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Apertura de Ofertas.
La apertura de las ofertas deberá efectuarse en el plazo máximo de 10 días contado desde la
fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas, pudiendo ser el día siguiente al de
finalización del mismo.
La Mesa de Contratación se constituirá el siguiente día hábil tras la finalización del plazo de
presentación de las ofertas, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la
documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo de tres días hábiles para que el/a licitador/a
corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, se procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que contienen las
ofertas económicas y los documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las
condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación que, en todo caso, será pública,
el siguiente jueves a la finalización del plazo de los tres días hábiles, citados en el párrafo
anterior.
Tras la lectura de dichas ofertas, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere
precisos, para la valoración de aquéllas, con arreglo a los criterios establecidos en este Pliego.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Requerimiento de Documentación.
A la vista de la valoración de las ofertas, la Mesa de Contratación propondrá al/a licitador/a que
haya presentado la mejor oferta.
El órgano de contratación requerirá al/a licitador/a que haya presentado la mejor oferta para
que, dentro del plazo de 10 días, a contar desde el siguiente al de la recepción del
requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatales, autonómicas y locales, con la Seguridad
Social y con el Ayuntamiento.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Fianza.
A la celebración del contrato no se exigirá la prestación de fianza en metálico, pero sí se exigirá
que se responsabilice de los daños ocasionados en las parcelas e instalaciones por su mal uso
(alambradas, puertas, etc.).
CVE:
BOP-2022-4427
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de septiembre de 2022
N.º 0184
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