Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-4392)
BOP-2022-4392 Bases reguladoras y convocatoria de Subvenciones para realizar Proyectos de igualdad y Coeducativos, curso escolar 2022-2023.
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Provincial de Cáceres y el logotipo de la Excma. Diputación, en todo el material
documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el proyecto o actividad
subvencionada o, en su caso, deberán publicar en su página Web (o tablón de
anuncios, en su defecto) nota informativa con el proyecto y/o material detallado
subvencionado y el importe total de la ayuda, haciendo expresa referencia a la
subvención concedida por la Diputación Provincial.
En el caso de que la entidad beneficiaria no dé lugar, con la realización de las actividades, a
material documental en el que pudiera aparecer la mencionada publicidad y, tampoco disponga
de página web al efecto, deberá dar difusión a la subvención recibida en el medio de
comunicación que la entidad elija, dentro del periodo de ejecución de la actividad/el proyecto
subvencionado/a.
2. Como documentos anexos como fuentes de verificación de la realización del proyecto, según
proceda:
1. Listados de personas participantes en las actuaciones del proyecto (desagregadas
por sexo).
2. Encuestas.
3. Hojas de firmas.
4. Recibís de entrega de materiales.
5. Cualquier otro acreditativo de la realización de las actividades.
Los gastos subvencionables se acreditarán de la siguiente manera:
Los gastos de personal (retribuciones del personal al servicio de la entidad, por su
importe íntegro, así como las aportaciones empresariales a la Seguridad Social) se
justificarán mediante la presentación de las nóminas correspondientes. En caso de
imputación por el importe íntegro/bruto, se deberá presentar, además de la nómina
correspondiente, justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social (Recibo de
liquidación de cotización y Relación nominal de personas trabajadoras) y/o modelo de
ingreso de retenciones practicadas de IRPF en la Agencia Estatal de Administración
Tributaria (Modelos 111 y 190).
Los gastos de suministros y servicios se justificarán mediante la presentación de
facturas emitidas con todos los requisitos legales del R.D. 1619/2012, de 30 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones
CVE:
BOP-2022-4392
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de septiembre de 2022
N.º 0183
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