Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-4392)
BOP-2022-4392 Bases reguladoras y convocatoria de Subvenciones para realizar Proyectos de igualdad y Coeducativos, curso escolar 2022-2023.
32 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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ficha descriptiva de la convocatoria como en los formularios electrónicos que se deban
cumplimentar.
Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los
requisitos que se definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias
digitalizadas de los documentos, y la Diputación generará y almacenará los correspondientes
códigos de huella digital, identificativos fielmente del contenido presentado por la entidad
solicitante. Una relación de documentos y sus huellas digitales asociadas será firmada por la
persona solicitante e incorporada a la solicitud. La Diputación podrá solicitar del
correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Si el cotejo no pudiera
llevarse a cabo, podrá requerir con carácter excepcional a la entidad solicitante la exhibición del
documento o de la información original.
4. Firma de la solicitud.
La solicitud, una vez cumplimentada, deberá ser firmada electrónicamente exclusivamente por
el/la representante legal de la entidad, mediante alguno de los sistemas de firma electrónica
basados en certificados para garantizar la identificación de las personas solicitantes, y en su
caso, la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos.
No se permitirá la firma del procedimiento si la entidad solicitante no hubiese cumplimentado
alguna información obligatoria o no hubiese adjuntado los documentos obligatorios señalados
en la presente convocatoria.
La presentación de la solicitud con firma electrónica implicará la conformidad de entidad
interesada para recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo de
la tramitación del expediente electrónico a través del sistema de notificaciones de la Diputación,
y podrá autorizar a la persona de contacto referida en la solicitud (siempre que ésta sea distinta
de la persona solicitante), para que sea incluida como interesada del procedimiento, a efectos
de notificación y gestión del expediente.
Si la solicitud no fuese firmada por la persona que ostenta le representación legal, deberá
subsanar este aspecto en el plazo indicado para ello en la base octava, apartado instrucción.
CONSULTA DEL ESTADO DE TRAMITACIÓN.
De conformidad con el artículo 53.1 de la Ley 39/2015 las personas representantes o
autorizadas, previa identificación con alguno de los sistemas previstos en la sede, podrán
consultar el estado de tramitación del expediente y los documentos presentados o generados
de los procedimientos administrativos gestionados electrónicamente en su totalidad y de los
CVE:
BOP-2022-4392
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de septiembre de 2022
N.º 0183
Pág. 18963
cumplimentar.
Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los
requisitos que se definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias
digitalizadas de los documentos, y la Diputación generará y almacenará los correspondientes
códigos de huella digital, identificativos fielmente del contenido presentado por la entidad
solicitante. Una relación de documentos y sus huellas digitales asociadas será firmada por la
persona solicitante e incorporada a la solicitud. La Diputación podrá solicitar del
correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Si el cotejo no pudiera
llevarse a cabo, podrá requerir con carácter excepcional a la entidad solicitante la exhibición del
documento o de la información original.
4. Firma de la solicitud.
La solicitud, una vez cumplimentada, deberá ser firmada electrónicamente exclusivamente por
el/la representante legal de la entidad, mediante alguno de los sistemas de firma electrónica
basados en certificados para garantizar la identificación de las personas solicitantes, y en su
caso, la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos.
No se permitirá la firma del procedimiento si la entidad solicitante no hubiese cumplimentado
alguna información obligatoria o no hubiese adjuntado los documentos obligatorios señalados
en la presente convocatoria.
La presentación de la solicitud con firma electrónica implicará la conformidad de entidad
interesada para recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo de
la tramitación del expediente electrónico a través del sistema de notificaciones de la Diputación,
y podrá autorizar a la persona de contacto referida en la solicitud (siempre que ésta sea distinta
de la persona solicitante), para que sea incluida como interesada del procedimiento, a efectos
de notificación y gestión del expediente.
Si la solicitud no fuese firmada por la persona que ostenta le representación legal, deberá
subsanar este aspecto en el plazo indicado para ello en la base octava, apartado instrucción.
CONSULTA DEL ESTADO DE TRAMITACIÓN.
De conformidad con el artículo 53.1 de la Ley 39/2015 las personas representantes o
autorizadas, previa identificación con alguno de los sistemas previstos en la sede, podrán
consultar el estado de tramitación del expediente y los documentos presentados o generados
de los procedimientos administrativos gestionados electrónicamente en su totalidad y de los
CVE:
BOP-2022-4392
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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