Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alagón del Río. (BOP-2022-4311)
BOP-2022-4311 Aprobación definitiva del Expediente de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación de los servicios de Casas de Baño, Piscinas e instalaciones Deportivas y otros servicios análogos.
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expida.
- Los/as niños/as menores de 4 años pueden acceder gratuitamente acompañados/as
de una persona que se haga responsable de los/as mismos/as (la persona responsable
no tiene derecho a la entrada gratuita).
B) TARIFAS PARA EL GIMNASIO MUNICIPAL:
Especificaciones para la aplicación de la tarifa:
- Bono mensual individual: Da derecho a la utilización del gimnasio durante el mes que
se especifique en su expedición.
- Bono individual para 10 días: Da derecho a la utilización del gimnasio por el/a
portador/a del bono, sirve para 10 días y caduca al año de su expedición.
- Bono individual para 15 días: Da derecho a la utilización del gimnasio por el/a
portador/a del bono, sirve para 15 días y caduca al año de su expedición.
3. Los derechos liquidados por aplicación de la tarifa autorizan la utilización de los servicios
municipales durante el tiempo que el/a usuario/a permanezca en el recinto.
ARTÍCULO 4. Obligación de pago.
La obligación de pago de la tasa regulada en esta Ordenanza nace desde que se preste o
realice cualquiera de los servicios o actividades especificados en el apartado 2 del artículo
anterior.
TIPO DE ENTRADA O BONO PRECIO (€)
BONO MENSUAL INDIVIDUAL 15,00
BONO INDIVIDUAL PARA 10 DÍAS 15,00
BONO INDIVIDUAL PARA 15 DÍAS 18,00
ENTRADA INDIVIDUAL DE 1 DÍA 2,00
CVE:
BOP-2022-4311
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de septiembre de 2022
N.º 0178
Pág. 18629
- Los/as niños/as menores de 4 años pueden acceder gratuitamente acompañados/as
de una persona que se haga responsable de los/as mismos/as (la persona responsable
no tiene derecho a la entrada gratuita).
B) TARIFAS PARA EL GIMNASIO MUNICIPAL:
Especificaciones para la aplicación de la tarifa:
- Bono mensual individual: Da derecho a la utilización del gimnasio durante el mes que
se especifique en su expedición.
- Bono individual para 10 días: Da derecho a la utilización del gimnasio por el/a
portador/a del bono, sirve para 10 días y caduca al año de su expedición.
- Bono individual para 15 días: Da derecho a la utilización del gimnasio por el/a
portador/a del bono, sirve para 15 días y caduca al año de su expedición.
3. Los derechos liquidados por aplicación de la tarifa autorizan la utilización de los servicios
municipales durante el tiempo que el/a usuario/a permanezca en el recinto.
ARTÍCULO 4. Obligación de pago.
La obligación de pago de la tasa regulada en esta Ordenanza nace desde que se preste o
realice cualquiera de los servicios o actividades especificados en el apartado 2 del artículo
anterior.
TIPO DE ENTRADA O BONO PRECIO (€)
BONO MENSUAL INDIVIDUAL 15,00
BONO INDIVIDUAL PARA 10 DÍAS 15,00
BONO INDIVIDUAL PARA 15 DÍAS 18,00
ENTRADA INDIVIDUAL DE 1 DÍA 2,00
CVE:
BOP-2022-4311
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de septiembre de 2022
N.º 0178
Pág. 18629