Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-4299)
BOP-2022-4299 Aprobación definitiva modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa sobre Licencia Urbanística.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora
de la Tasa sobre Licencia Urbanística.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento
sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa sobre Licencia Urbanística,
acuerdo del Pleno de fecha 14 de julio de 2022, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
La modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa sobre Licencia Urbanística
consiste en modificar el contenido del artículo 6 de la citada ordenanza, que quedaría
redactado como sigue:
Artículo 6º.- Cuota tributaria.
La cuota tributaria resultará de aplicar a la base imponible los siguientes tipos de gravamen:
CONCEPTO IMPORTE
Epígrafe primero: Obras, instalaciones y construcciones en general, incluidas las demoliciones,
devengarán el 1,2% de la base imponible, con un máximo de 13.748,47 euros.
Epígrafe segundo: Señalamiento de alineaciones y rasantes, por cada
metro lineal de fachada o fachadas de inmuebles .......
1,80 Euros/ml.
Epígrafe tercero: Obras menores: 1,2 % sobre la base imponible, con un mínimo de 7,21
Euros.
CVE:
BOP-2022-4299
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de septiembre de 2022
N.º 0177
Pág. 18581
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora
de la Tasa sobre Licencia Urbanística.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento
sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa sobre Licencia Urbanística,
acuerdo del Pleno de fecha 14 de julio de 2022, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
La modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa sobre Licencia Urbanística
consiste en modificar el contenido del artículo 6 de la citada ordenanza, que quedaría
redactado como sigue:
Artículo 6º.- Cuota tributaria.
La cuota tributaria resultará de aplicar a la base imponible los siguientes tipos de gravamen:
CONCEPTO IMPORTE
Epígrafe primero: Obras, instalaciones y construcciones en general, incluidas las demoliciones,
devengarán el 1,2% de la base imponible, con un máximo de 13.748,47 euros.
Epígrafe segundo: Señalamiento de alineaciones y rasantes, por cada
metro lineal de fachada o fachadas de inmuebles .......
1,80 Euros/ml.
Epígrafe tercero: Obras menores: 1,2 % sobre la base imponible, con un mínimo de 7,21
Euros.
CVE:
BOP-2022-4299
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de septiembre de 2022
N.º 0177
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